Karen Reichardt encabezará la lista de La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires

Lo definió el juez federal con competencia federal Alejo Ramos Padilla, tras un encuentro en los tribunales de La Plata. De esta manera, Diego Santilli quedará segundo. Todavía resta definir si se reimprimirán o no las boletas con la foto de José Luis Espert. El partido, igualmente, podrá apelar.

La Justicia Electoral rechazó el planteo de La Libertad Avanza para que Diego Santilli encabece la lista de diputados en reemplazo de José Luis Espert. El juez federal Alejo Ramos Padilla dispuso que debe Karina Celia Vázquez, más conocida como Karen Reichardt, será quien quedará en el primer lugar. Desde el partido, igualmente, podrán apelar la decisión, aunque restan poco menos de tres semanas para las elecciones.

La agrupación había solicitado que el ex-PRO pasara a lo más alto, invocando el artículo 7 del Decreto 171/2019, que regula reemplazos en las listas electorales. Sin embargo, el magistrado resolvió que la norma no puede aplicarse en este caso y declaró su inconstitucionalidad parcial, al considerar que su utilización “contradice el espíritu de la Ley de Paridad de Género (27.412)” y “afectaría el acceso igualitario de las mujeres a cargos electivos”.

De esta manera, Reichardt quedará primera en la lista, mientras que Santilli pasará al segundo lugar.

La resolución detalla que, además de la renuncia de Espert, el partido presentó las dimisiones de dos mujeres de la lista —Lucía Benardoni y María Gabriela Gobea— con textos “idénticos”, lo que generó sospechas sobre una maniobra para justificar el corrimiento del orden original.

La fiscal federal María Laura Roteta ya había dictaminado que no correspondía alterar el orden original y que el corrimiento ascendente debía respetar la alternancia de género prevista por ley. Además, sostuvo que la paridad constituye una acción afirmativa para reparar desigualdades históricas, y alertó que la interpretación pretendida por la alianza “agrandaría la brecha que la ley de paridad buscó achicar”.

Fundamentos del fallo

El juez Ramos Padilla coincidió con el dictamen fiscal y enfatizó que el Código Electoral Nacional exige alternancia entre varones y mujeres (art. 60 bis), pero no regula los reemplazos de quienes encabezan las listas.

El Decreto 171/2019, al pretender cubrir ese vacío, excede las facultades reglamentarias del Poder Ejecutivo, por lo que no puede aplicarse a los primeros lugares. La renuncia de Espert “no afecta la alternancia de género” y, en cambio, aplicar el decreto generaría “un efecto contrario al espíritu constitucional e internacional que protege la igualdad real de oportunidades”.

El magistrado recordó que la Corte Suprema ya había declarado inconstitucional ese mismo decreto en un caso similar vinculado con una senaduría por Neuquén.

Diversas fuerzas políticas y referentes, entre ellas la alianza Potencia y la dirigente Malena Galmarini, se habían opuesto al planteo, advirtiendo que aceptar la modificación implicaría “una regresión en materia de derechos políticos de las mujeres”.

Ramos Padilla, en sintonía con la fiscal Roteta, aseguró que “el remedio no puede volverse en contra del propio colectivo protegido” y ordenó mantener el orden original de la lista, ahora encabezada por Karina Celia Vázquez.

Dispuso además notificar la decisión a la Junta Electoral que debe resolver sobre un pedido para la reimpresión de boletas.

La decisión es susceptible de ser apelada ante la Cámara Electoral por los apoderados de LLA.

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