Río Negro llevará a cabo sus Elecciones 2023 para elegir al nuevo gobernador, vice, legisladores y demás autoridades municipales, el próximo 16 de abril. Nuestra Constitución Nacional indica que votar es obligatorio para todos aquellos que tengan domicilio en dicha provincia, pero también para los que tienen entre 18 y 70 años. Mientras que, para los de 16, 17 y mayores de 70 no tendrán la obligación de emitir su voto.
Sin embargo, es fundamental conocer qué puede suceder en caso de no votar y tengas la obligación de hacerlo. Ante una ausencia, el ciudadano deberá presentarse en el Juzgado Electoral con un comprobante que justifique el motivo por el que no votó. En caso contrario podría verse en la obligación de pagar una multa equivalente a un jornal básico al elector.
Al mismo tiempo, la web del gobierno de la Provincia de Río Negro detalla que las personas que no se presenten a votar y que a su vez no presenten un justificativo "no podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección, ni realizar trámites ante organismos provinciales, municipales o comunales, por el término de un año".
Si una persona no se presentó en la elecciones anteriores, de igual manera estará habilitada para emitir su voto en los comicios del 16 de abril.
Cómo consultar si tengo una multa por no haber asistido a una elección
En caso que desee consultar si adeuda una multa por no haberse presentado a votar, debe ingresar a la web de la Cámara Nacional Electoral (CNE). Luego diríjase al Registro de Infractores para continuar con el trámite. La web de la CNE explica: "La tramitación de las solicitudes cursadas por esta vía se encuentra bajo exclusiva responsabilidad de la Secretaría Electoral del distrito Capital Federal".
Serán 60 días, luego del día electoral, los que dispondrá el ciudadano para presentarse con el justificativo de su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral. En caso contrario, la multa se aplicará de forma automática en el Registro de Infractores de cada persona. De todas maneras, la web del Gobierno Nacional da detalles de las personas que están exentan de multas en caso de no votar:
- Si el día del sufragio el votante se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde debe votar y justifique ante la autoridad policial más cercana los motivos
- Si está enfermo o imposibilitado de acercarse hasta el establecimiento por razones de fuerza mayor, siempre y cuando, estén comprobadas y justificadas por médicos del servicio de sanidad nacional. En caso de que la ausencia se deba a enfermedad, hay que justificarlo el mismo día del sufragio a través de un certificado de salud.
- Si se trata de una persona que integra un organismo o empresa de servicios públicos y, por razones relacionadas al cumplimiento de funciones, está impedido de asistir.
- Si usted es juez o auxiliar, por disposición del Código Electoral Nacional, tiene que asistir a su trabajo y mantenerla abierta durante los comicios.