Elecciones en Neuquén 2023: ¿qué pasa si no voy a votar?

Los ciudadanos que no presenten en las Elecciones 2023 de la Provincia de Neuquén puede verse expuesto a una multa económica. Además, conocé quiénes no están obligados a votar.

El próximo 16 de abril en la Provincia de Neuquén habrá elecciones para elegir al nuevo gobernador, vicegobernador, legisladores y autoridades municipales. La fecha quedó designada luego de que en la provincia confirmaron que los comicios se desdoblaron y no serán en la misma que los nacionales.

El voto es obligatorio para todos aquellos que figuren en el padrón y tengan en entre 18 y 70 años de edad, mientras que es opcional para los que tengan 16, 17 o sean mayores de 70 años. En caso de no presentarse al establecimiento correspondiente el día de los comicios deberá presentar un justificativo en el Juzgado Electoral de Neuquén.

Los ciudadanos que no voten tendrán 30 días posteriores a los comicios para justificar su ausencia. Para realizar este trámite, quienes estén residiendo en Neuquén deben acercarse a la Oficina Judicial Civil con dirección en Brown 155, en los Juzgados de Paz o en la misma sede del Juzgado Electoral. Mientras que para los del interior de la provincia tendrán que hacerlo en el Juzgado de Paz más cercano.

Para los que inicien el trámite para justificar la ausencia previamente deben llenar un formulario en donde tendrá que seleccionar el motivo. Para que el proceso quede completo, la persona tendrán que adjuntar algún documento que compruebe el motivo de ausencia. En caso de no hacerlo, las personas tendrán que abonar una multa económica de 700 pesos.

  • Al momento de los comicios, haberse encontrado a más de 200 kilómetros de distancia del establecimiento.
  • Atravesar una enfermedad que no le permita acercarse a sufragar
  • Tener el documento en trámite y de ser así, debe presentar con una copia de la constancia del Registro Civil.
  • Otros motivos.
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Quiénes no están obligados a votar.

Quiénes no están obligados a votar.

Elecciones en Neuquén: ¿quiénes no están obligados a votar?

"Todo elector tiene la obligación de votar en las elecciones provinciales o municipales que se realicen en la Provincia", indica el Artículo 20 del Código Electoral. Pero hay quienes quedan exentos, ellos son:

  • Los ciudadanos mayores de 75 años.
  • Los jueces y auxiliares que, por disposición de esta Ley, deban presentarse en sus oficinas y tenerlas abiertas durante las elecciones.
  • Los que el día de los comicios estén a más de doscientos (200) kilómetros del establecimiento en donde le corresponda sufragar. La causa debe estar relacionada a circunstancias imperiosas o atendibles para que puedan ser motivo suficiente.
  • Los que estén enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, certificada correctamente, que les impida presentarse a votar.
  • Los ciudadanos de 16 y 17 años.
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