La PASO en la provincia de Chaco se realizarán el próximo domingo 18 de junio para elegir a las autoridades que comandarán el distrito. Con la vista puesta en las elecciones 2023 los votantes tienen el padrón electoral habilitado para saber en dónde tendrán que votar, que número de mesa y de orden se les ha asignado y deberán asistir de manera obligatoria los que allí figuren y tengan entre 18 y 70 años de edad.
Elecciones 2023 en Chaco: quiénes están habilitados para votar
Conocé quiénes están habilitados para votar en las elecciones 2023 en Chaco y qué se vota el próximo domingo 18 de junio en las PASO.
La fecha se definió luego de que Jorge Capitanich, gobernador de Chaco, lo haya anunciado mediante un decreto. Sin embargo, volverán el 17 de septiembre para las generales del distrito. Conocé qué se vota y quiénes están exentos de sufragar en los comicios distritales.
Qué se vota en las elecciones de Chaco
¿Qué se vota en la Elecciones PASO 2023 de Chaco?, es un pregunta recurrente entre los votantes que tendrán que asistir a las urnas el domingo 18 de junio. Y deberán elegir a gobernador, vicegobernador, 16 diputados provinciales y sus respectivos suplentes y autoridades municipales -intendentes y concejales-.
Las generales en el distrito serán el 17 de septiembre, sin embargo, tendrán que presentarse en los establecimientos habilitados el 13 de agosto para las PASO nacionales para elegir a 3 candidatos para la Cámara de Diputados.
Elecciones en Chaco: quiénes están exentos de votar
En estas Elecciones 2023 en Chaco los que están exentos de votar son:
- Jóvenes de 16 y de 17 años, y mayores de 70 años.
- Jueces y sus auxiliares que el día de la elección deban prestar servicios.
- Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.
- Enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto electoral.
- Personal de organismos o empresas de servicios públicos que se encuentre afectado el día de los comicios por razones laborales. En este caso el empleador o su representante legal comunicará al Ministerio del Interior la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.
- Ciudadanos residentes en el exterior, aunque si quieren pueden hacerlo de manera voluntaria.
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