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El Gobierno definió nuevos lineamientos para los subsidios del cine argentino en el INCAA

El Ejecutivo determinó "adecuar la normativa a la coyuntura actual como parte de políticas públicas destinadas a promover la calidad de las películas que sean vistas y consideradas por el público argentino". Los principales cambios.

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  • El Gobierno implementó nuevos lineamientos para los subsidios a las películas argentinas a través del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), a tres meses de haber quitado financiación a proyectos "sin espectadores", como parte de "políticas públicas destinadas a promover la calidad de los filmes que sean vistos y considerados por el público argentino".

    La medida se puso en marcha a través del Decreto 984/2024, publicado este martes en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

    En la norma, el Ejecutivo estableció que los montos serán "sobre el producido bruto de boletería con deducción de los impuestos que graven directamente al espectáculo".

    El decreto señala que, ante la situación económica del país, "de la cual no es ajeno el INCAA, resulta necesario adecuar la normativa a la coyuntura actual como parte de políticas públicas destinadas a promover la calidad de las películas que sean vistas y consideradas por el público argentino".

    El subsidio será del 70% del producido bruto de boletería hasta alcanzar el costo de una película nacional de presupuesto medio "sin interés especial". En el caso de las películas con interés especial, el subsidio será del 100% del producido bruto de boletería con el mismo límite.

    Se aclara además que "los montos y topes máximos a percibir como suma total por subsidios se aplicarán a las películas nacionales cuyo estreno comercial sea posterior al 24 de julio de 2024".

    Por otra parte, "en ningún caso el INCAA podrá adelantar o anticipar cualquiera de los subsidios previstos en la Ley n.° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias" y "el otorgamiento de subsidios por otras formas de exhibición requerirá, para su liquidación, la acreditación de la audiencia de la película en esas formas de exhibición".

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