En lo representa el inicio de una semana clave para el Gobierno, el Congreso de la Nación buscará conformar y designar autoridades de la Comisión Bicameral que debe analizar el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica dictado por Javier Milei.
Pese a no ser incluido por el Presidente en el temario de las sesiones extraordinarias, el organismo parlamentario puede conformarse y tratar el Decreto 70/2023 así como emitir dictamen amparado en el artículo 6 de la Ley 26.122.
En su artículo 6, la ley que desde el 2006 reglamenta los trámites que deben seguir los DNU en el Congreso, establece que la Comisión Bicameral Permanente "cumple funciones aun durante el receso del Congreso de la Nación", con lo cual tiene la opción de deliberar en cualquier momento.
milei decreto
Javier Milei dio a conocer el Decreto de desregulación económica el 20 de diciembre.
De todas maneras existen distintas interpretaciones sobre si su tratamiento legislativo incluye el periodo se sesiones extraordinarias por fuera del que va desde el 1 de marzo al 30 de noviembre de cada año.
En este contexto y aunque el DNU no se encuentre en el temario de extraordinarias, hay un plazo que Javier Milei debe cumplir: en su artículo 12 la Ley 26.122 señala que "dentro de los diez días de dictado un decreto de delegación legislativa, lo someterá a consideración de la Comisión Bicameral Permanente".
Es decir, el Presidente tiene tiempo hasta el 5 de enero para enviar el DNU 70/2023 al Congreso del Nación.
Los 11 proyectos que el Congreso deberá tratar en extraordinarias
- Proyecto de Ley de reforma de las funciones del Estado.
- Proyecto de Ley modificatorio de su similar N° 19.945 respecto de establecer la Boleta Única de Papel (Exp. Senado 4-CD-22).
- Proyecto de “Ley de Impuestos a Ingresos Personales”.
- Proyecto de Ley por el cual se solicita autorización para que el señor Presidente de la Nación pueda ausentarse del país durante el año 2024, cuando razones de gobierno lo requieran.
- Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Convenio entre la República Argentina y Japón para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y la Prevención de la Evasión y la Elusión Fiscal, suscripto en la Ciudad de Osaka, Japón, el 27 de junio de 2019 (Msje. 230/19).
- Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Convenio entre la República Argentina y el Gran Ducado de Luxemburgo para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y la Prevención de la Evasión y Elusión Fiscal, suscripto en la Ciudad de Washington, Estados Unidos de América, el 13 de abril de 2019 (Msje. 120/19).
- Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Acuerdo entre la República Argentina y la República Popular China para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y la Prevención de la Evasión y Elusión Fiscal y su Protocolo, suscriptos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 2 de diciembre de 2018 (Msje. 99/19).
- Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre la República Argentina y los Emiratos Árabes Unidos, suscripto en la ciudad de Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos, el 16 de abril de 2018 (Msje. 133/19).
- Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Acuerdo entre la República Argentina y la República de Turquía para Evitar la Doble Imposición en Materia de Tributos sobre la Renta y para Prevenir la Evasión y la Elusión Fiscal y su Protocolo, suscriptos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 1° de diciembre de 2018 (Msje. 98/19).
- Consideración de Tratados, Convenios y Acuerdos Internacionales.
- Consideración de Acuerdos para designaciones y promociones, y su retiro.