Urgente ANSES: el cambio de último momento por el que podés dejar de cobrar esta pensión

La Administración Nacional de la Seguridad Social dio una información de la que varios beneficiarios deben tomar nota.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) anunció una modificación clave en el procedimiento de la Pensión por Fallecimiento de jubilados. Desde agosto de 2025, quienes deseen iniciar este trámite podrán hacerlo de forma digital, sin necesidad de acudir inicialmente a una oficina del organismo. Sin embargo, si transcurren más de cuatro meses desde el fallecimiento, se deberá realizar el trámite de manera presencial, con turno previo.

La solicitud estará habilitada desde los 10 días hábiles posteriores al fallecimiento del titular y se realizará mediante la plataforma Mi ANSES o el sitio web oficial. Este nuevo formato busca agilizar los tiempos de gestión y facilitar el acceso a la prestación para los familiares.

Jubilados ANSES 1.png
El trámite puede hacerse desde Mi ANSES desde los 10 días hábiles del fallecimiento.

El trámite puede hacerse desde Mi ANSES desde los 10 días hábiles del fallecimiento.

Pensión por fallecimiento de ANSES: quiénes pueden acceder

La Pensión por Fallecimiento está dirigida a cónyuges, convivientes o hijos del beneficiario fallecido que no cobren otra prestación. Las condiciones para acceder son las siguientes:

  • Cónyuge: deberá presentar partida de casamiento actualizada, posterior a la fecha de fallecimiento.

  • Conviviente: acreditar al menos cinco años de convivencia antes del deceso, o solo dos si existe un hijo en común.

  • Hijos: ser menores de 18 años, solteros y sin otra prestación. En el caso de hijos con discapacidad que hayan estado a cargo del fallecido, no hay límite de edad.

Cómo tramitar la pensión por fallecimiento de ANSES

El trámite puede iniciarse desde Mi ANSES, ingresando con CUIL y Clave de la Seguridad Social. Una vez dentro de la plataforma, se debe verificar que la información personal y los vínculos familiares estén correctos y luego seguir esta ruta: Solicitud de Prestaciones > Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado.

Pensiones ANSES 2
Pasados los cuatro meses, la solicitud deberá ser presencial.

Pasados los cuatro meses, la solicitud deberá ser presencial.

Será necesario contar con:

  • Número de CUIL del solicitante y del fallecido.

  • Número de prestación del jubilado fallecido.

  • Documentación que respalde el vínculo familiar.

Una vez enviada la solicitud, el sistema permitirá realizar el seguimiento online a las 72 horas. Finalmente, los solicitantes recibirán un correo electrónico con la resolución del trámite.