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Quiénes pueden cobrar en nombre de los jubilados y pensionados de ANSES en 2026

La Administración Nacional de la Seguridad Social permite que determinados representantes realicen trámites o perciban haberes previsionales cuando el titular no puede hacerlo personalmente.

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  • La AAdministración Nacional de la Seguridad Social(Anses) permite que jubilados y pensionados designen a un apoderado para que cobre la prestación o realice gestiones en su nombre durante 2026. Este mecanismo se utiliza cuando el titular no puede presentarse personalmente por motivos de salud, edad avanzada, residencia en el exterior u otras situaciones que requieren representación formal.

    El trámite requiere documentación que acredite el vínculo con el titular.

    Quiénes pueden apoderarse en ANSES

    El rol de apoderado puede asumirlo cualquier persona mayor de 18 años que tenga vínculo con el titular del beneficio. Entre los casos más habituales se encuentran cónyuges, convivientes previsionales, hijos, padres, nietos, hermanos, tíos o sobrinos.

    También pueden cumplir esta función otros familiares como suegros, yernos, nueras, padrastros o madrastras. En determinadas circunstancias, la normativa permite designar a abogados, procuradores, representantes diplomáticos o instituciones públicas.

    Cuando existe una medida judicial, un tutor o curador puede ser autorizado para representar al beneficiario. Incluso los directores de hospitales o residencias pueden asumir esta responsabilidad si la persona titular permanece internada. En el caso de jubilados que viven fuera del país, el apoderado puede ser una entidad bancaria habilitada para realizar operaciones al exterior.

    Cómo designar a un apoderado en ANSES

    El trámite comienza reuniendo la documentación correspondiente según el tipo de representante. Por ejemplo, los familiares deben presentar el DNI y acreditar el vínculo con el titular. Si el apoderado es un banco, se requiere la Carta Poder (PS 6.4) firmada por la entidad. En casos judiciales, se debe presentar la sentencia que acredite la designación del tutor o curador.

    El sistema Mi Anses permite iniciar la gestión de forma digital.

    El siguiente paso es iniciar la gestión desde Mi Anses y luego asistir a una oficina del organismo con la documentación requerida. Allí deberán presentarse tanto el titular del beneficio como la persona designada para formalizar el trámite. Este procedimiento permite garantizar que el cobro de la jubilación o pensión se realice de forma segura cuando el titular no puede hacerlo directamente.

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