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Nuevas medidas de ARBA que benefician a comercios y pymes bonaerenses

La organización informó la actualización de límites que entrará en vigencia el 1° de julio. El importe mínimo para que los agentes practiquen retenciones pasará de $2.000 a $19.000.

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  • La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) dispuso un incremento de los montos mínimos que determinan qué operaciones quedan sujetas a retenciones y percepciones, dentro de los regímenes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que comenzará a regir desde el 1 de julio.

    “Los límites a partir de los cuales se realizan retenciones y percepciones estaban muy atrasados. Si bien el ajuste era necesario para adecuarse al contexto nominal, fuimos más allá poniéndolos en línea con todos los cambios que llevamos a cabo estos años para reducir la presión de los regímenes”, explicó Cristian Girard, director de ARBA.

    Girard destacó que “estos cambios implicarán menos retenciones y percepciones de Ingresos Brutos, y tendrán un impacto positivo en las operaciones de negocios de cercanía y pequeños contribuyentes. En definitiva, un mejor modo de recaudar en la Provincia de Buenos Aires, favoreciendo el crecimiento económico y la redistribución del ingreso”.

    En ese sentido, sostuvo que “en los últimos años hemos logrado mejoras concretas en materia de simplificación y reducción de la presión tributaria sobre comercios, pymes y sectores de ingresos bajos y medios”.

    En los últimos meses ARBA abrió la posibilidad de regularizar más de 80 mil planes que quedaron caducos por falta de pago durante la pandemia. Asimismo, instrumentó un mecanismo automático de compensación, sin límite de monto, para contribuyentes con saldos a favor.

    En cuanto a las empresas que actúan como agentes de recaudación, duplicó el monto de facturación que se toma en cuenta para que cumplan ese rol, beneficiando alrededor de 1.500 pymes, que vieron reducida su carga administrativa.

    Ingresos Brutos: cuál es el nuevo límite a aplicar

    La actualización de límites entrará en vigencia el 1° de julio según lo determina la Resolución Normativa 18/23 del organismo y prevé que el importe mínimo para que los agentes practiquen retenciones será de $19.000, contra los $2.000 actuales.

    El nuevo límite también se considerará en el caso de las entidades de seguros y empresas de construcción, civiles, navales, y aeronáuticas, que actúan como agentes de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

    Respecto de las percepciones, el monto mínimo pasará de los actuales $200 a $3.500. Sólo quedarán excluidas de este nuevo límite las operaciones de comercialización de venta directa ya que no se encuentran sujetas a este esquema de pisos. Las operaciones de venta directa son aquellas que se realizan sin intermediarios, en casas o lugares de trabajo.

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