La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó este viernes los montos a partir de los cuales tanto los bancos como las plataformas de gestión electrónica, tengan la obligación de informar sobre los movimientos de sus clientes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos dio a conocer los nuevos nuevos topes para que las entidades financieras tengan la obligación de comunicar todas las transacciones, saldos y consumos de las cuentas que gestionan.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó este viernes los montos a partir de los cuales tanto los bancos como las plataformas de gestión electrónica, tengan la obligación de informar sobre los movimientos de sus clientes.
Los mismos refieren a las transacciones, saldos y consumos que dichas cuentas y entidades gestionan. Para ello, el organismo debió modificar las resoluciones generales N°4298 y Nº4614 que establecen las obligaciones.
En el caso de acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, el monto mínimo se eleva de $200.000 a $700.000. En el supuesto de consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales, se eleva de $120.000 a $400.000, informó AFIP.
En lo que respecta al régimen de información para los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago, se estableció que para los ingresos o egresos totales, el monto se eleva de $120.000 a $400.000 y los saldos mensuales pasan de $200.000 a $700.000.
Asimismo, para ambos regímenes de información "se prevé una cláusula de actualización cada seis meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el INDEC".