La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), fijó un procedimiento especial para el cálculo de los anticipos del Impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2024, correspondiente a las personas humanas y sucesiones indivisas, en función de lo establecido en la Ley 27.743.
La medida se implementó a través de la Resolución General 5600/24, publicada este lunes en el Boletín Oficial con la firma de la titular del organismo, Florencia Misrahi.
Así, ARCA estableció también una nueva prórroga del vencimiento y actualizó los parámetros para fiscalizar la solicitud de reducciones. Con este cambio, el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias 2024 vencerá el 25 de noviembre (para todos los contribuyentes). Antes, los vencimientos ya se habían trasladado hasta el 13, 14 y 15 de este mes, según el CUIT.
El texto repasa que en la exposición ante la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación en la reunión del 18 de abril, efectuada por funcionarios del Poder Ejecutivo en oportunidad del tratamiento del proyecto de la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, "se resaltó que diversos valores fijados en dicha ley contenían un ajuste para compensar las variaciones de precios de la primera parte del año, de modo tal que, al momento de la sanción de la ley, dichos valores resultaran homogéneos".
"En función de ello, deviene necesario establecer un procedimiento excepcional para la determinación de los anticipos correspondientes al período fiscal 2024 por parte de los sujetos comprendidos en la Resolución General N° 975, sus modificatorias y complementarias, que contemple las adecuaciones efectuadas por la citada ley", define la norma.
Por otra parte, se elevó de $50 millones a $150 millones uno de los parámetros considerados para que los contribuyentes y responsables que ejerzan la opción de reducción de anticipos requieran de un procedimiento especial con controles adicionales. El resto de los anticipos del impuesto vencerán en diciembre, febrero, marzo y abril.
Qué son los anticipos
Los anticipos son pagos a cuenta de un determinado impuesto al que está obligado un contribuyente. Estos pagos se descuentan del monto determinado de la obligación principal al momento de presentar la correspondiente declaración jurada.
Quiénes deben abonarlos
Todas las personas humanas y sucesiones indivisas inscriptas en el impuesto deben determinar 5 anticipos e ingresar cada uno de ellos.
Cómo se ingresan los anticipos
El pago del anticipo deberá efectuarse a través de la Billetera Electrónica AFIP o mediante Volante Electrónico de Pago (VEP), accediendo al servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos” y utilizando los siguientes códigos para su consolidación:
- Impuesto: 011 - Ganancias Personas Físicas
- Concepto: 191 - Anticipos
- Subconcepto: 191 – Anticipos