El Gobierno emitirá letras por hasta 3200 millones de dólares a diez años para hacer frente a los pagos de la deuda externa. La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Gobierno emitirá letras en dólares para pagar vencimientos de deuda
Las mismas son por hasta 3.200 millones de dólares a diez años. El decreto deberá pasar por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.
El Gobierno emitirá letras en dólares por hasta 3.200 millones para pagar vencimientos de deuda.
A diferencia del megadecreto del pasado 20 de diciembre, este DNU establece su entrada en vigencia a partir de este mismo viernes.
“La proximidad de los vencimientos de los compromisos de deuda determina la urgencia en la adopción de esta medida, haciendo imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la Constitución Nacional para la sanción de las leyes”, justifica el decreto.
Dólares.
El texto indica que estas letras se utilizarán para el “pago de obligaciones de deuda denominadas en moneda extranjera”, en otras palabras, para pagar deuda externa.
De acuerdo con lo que detalla el Decreto de Necesidad y Urgencia 23/2024, se deja especificado que "los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de las letras intransferibles en cartera del BCRA, así como las emitidas a favor de dicho Banco durante el año 2024, serán reemplazadas, al vencimiento, por nuevos títulos públicos cuyas condiciones serán definidas de manera conjunta por la secretaría de Finanzas y la secretaría de Hacienda, ambas pertenecientes al Ministerio de Economía".
Deuda externa: el Gobierno debe concretar el primer pago del año
La semana que viene, más precisamente el martes 9 de enero, el Gobierno deberá pagar u$s1.600 millones que corresponden a rentas de bonos soberanos reestructurados en 2020.
El martes vencerán seis bonos: bonares 29, 30, 35, 41 y los globales 29, 30, 35, 41 y 46. Los primeros pertenecen a la ley local, mientras que los globales están sujetos a Nueva York; lo que significa que en caso de que los tenedores quieran presentar reclamos, podrán hacerlo tanto ante la Justicia argentina como ante la estadounidense dependiendo del tipo de bono que hayan adquirido.
Según Ámbito, "el DNU también establece que los dólares estadounidenses autorizados a ser adquiridos mediante la presente medida solo podrán aplicarse al pago de obligaciones de deuda denominadas en moneda extranjera".
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