Constancia de CUIL: cómo sacarla en ANSES por primera vez

Podrás obtener la Constancia realizando el trámite de manera online, ingresando en la página de ANSES, o de manera presencial, presentándote en una oficina sin turno previo.

Para comenzar en una actividad laboral, necesitarás tu número de Código Único de Identificación Laboral (CUIL), el cual se gestiona a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Para obtener la Constancia de CUIL, el trámite se podrá realizar de forma online o de forma presencial.

El CUIL está destinado a argentinos y extranjeros que quieran trabajar en relación de dependencia en el país y la Constancia podrá ser solicitada la cantidad de veces que sea necesario. Vale destacar que el número está conformado por un prefijo de dos números, el Documento Nacional de Identidad (DNI) y un dígito verificador.

Cómo sacar la Constancia de CUIL online

Para poder obtener tu Constancia de CUIL, lo podrás hacer de manera digital siguiendo estos pasos:

  • Ingresar a la página oficial de ANSES y seleccionar "Constancia de CUIL".
  • Llenar el formulario con los datos personales (tipo y número de documento, nombre, apellido, sexo y fecha de nacimiento).
  • Hacer click en “Consultar”.
  • Una vez visualizada la constancia, podrás descargarla como PDF para imprimirla.

Cómo sacar el CUIL en ANSES de forma presencial

Para obtener la Constancia de CUIL en forma presencial deberás:

  • Reunir la documentación necesaria, según tu caso.
  • Acercarte sin turno previo a la oficina de ANSES más cercana a tu domicilio para la asignación de CUIL o la modificación de un dato filiatorio.

Cuál es la documentación necesaria para sacar la Constancia de CUIL

Para argentinos

  • Mayores de 18 años:
    • DNI.
  • Menores de 18 años:
    • Partida de nacimiento.
    • DNI.
    • DNI de los padres.

Para extranjeros

  • Mayores de 18 años:
    • DNI para extranjero/naturalizado.
    • Si aún no tiene DNI:
      • Expediente de migraciones donde conste el tipo de residencia vigente y el ingreso al país.
      • Pasaporte en el que conste tipo de residencia, la cual no debe ser turista o permanente.
      • Permiso de ingreso al país expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales.
  • Menores de 18 años:
    • Partida de nacimiento con la información del menor y los padres. Si fue emitida en el extranjero debe estar legalizada o apostillada y si no está en español debe ser traducida. Las partidas de nacimiento de Italia, España, Portugal, Grecia, Chile, Colombia, Brasil, Perú, Paraguay y Uruguay quedan exceptuadas del visado, traducción y legalización y apostilla.
    • DNI del hijo y de los padres.
  • En el caso de un hijo adoptado:
    • Testimonio o copia de la sentencia de adopción, DNI del hijo y de los padres adoptantes.
  • Con residencia permanente en el exterior que lo requieran para una prestación de la Seguridad Social
    • Documento del país de origen, formulario de solicitud de aplicación certificado en caso de existir un Convenio Internacional.