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Cómo mantener tu información de ANSES al día

Para poder acceder a cualquiera de los beneficios que entrega la Administración Nacional de la Seguridad Social deberás tener tus datos actualizados, lo cual podrás hacer presencial o en MI ANSES.

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  • La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se encuentra en el tramo final del pago del calendario de pagos de los diferentes beneficios de octubre, . Hay un requisito fundamental para cualquiera de los beneficiarios y es contar con la información personal y del grupo familiar actualizada en la base de datos.

    Esto se podrá realizar tanto de manera presencial, acercándote a una de las oficinas de ANSES, o de manera virtual, donde a través de la página web MI ANSES podés realizar la actualización. En caso de no realizarlo, no podrás recibir ninguna prestación o beneficio al que te encuentres inscripto.

    Acreditación de hijas y/o hijos

    En caso de que hijas y/o hijos no estén registrados, deberás presentar:

    Para nacidas/os en Argentina

    Para nacidas/os en el exterior

    Adopción

    En caso de no contar con la documentación original, la copia que presentes debe estar certificada por una autoridad competente: funcionarios autorizados de Registro Civil, autoridad consular, autoridad judicial, escribano público, directores o administradores de geriátricos y hospitales, donde el titular de la prestación se encuentre internado, o agentes de ANSES.

    Acreditación de matrimonio, divorcio y separación

    Matrimonio celebrado en Argentina

    Matrimonio celebrado en el extranjero

    Divorcio vincular o separación personal

    Separación de hecho

    Acreditación de Convivencia y Convivencia Previsional

    Solo será acreditado con la documentación pertinente y con la finalización comprobada del matrimonio/convivencia anterior en caso de estar registrado.

    De esta manera, se deberá presentar:

    Convivencia Previsional

    Ésta se acredita con la documentación pertinente, siempre que cumpla con el plazo de convivencia pública en aparente matrimonio, durante cinco años o dos años cuando existan hijas o hijos en común reconocidos por ambos convivientes.

    Si uno de los convivientes hubiera fallecido, deberá probar que tuvo una convivencia mínima de dos años, anteriores a la fecha de fallecimiento. Si esto no se cumple con la documentación presentada deberá, acreditándolo como una prueba más, estar emitida dentro de los dos años.

    Tutela Legal

    Cuando la madre y el padre son menores de 18 años, las hijas o hijos menores quedan sujetos a la tutela de su abuela/o, hermanas/os o tías/os. Tanto la/el tutora/or, como la hija/o menor o la nieta/o, deben vivir en el mismo domicilio.

    Guarda

    Para registrar el vínculo con las personas menores de 18 años que se encuentren a cargo de una persona física o institución.

    Tenencia legal

    Para registrar el vínculo con personas menores de 18 años que se encuentren a cargo de la madre o padre por sentencia judicial.

    Tenencia de hecho

    Para registrar el vínculo con personas menores de 18 años que se encuentren a cargo de la madre o padre por acuerdo de los mismos.

    Curatela

    Para registrar el vínculo con personas mayores de 18 años insano.

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