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Cómo designar a un apoderado en ANSES en 2026: paso a paso

La Administración Nacional de la Seguridad Social permite que jubilados y pensionados nombren a una persona de confianza para realizar gestiones o cobrar prestaciones en su nombre.

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  • La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) permite designar un apoderado para que otra persona cobre o gestione prestaciones en nombre del titular. Este procedimiento resulta útil cuando el beneficiario no puede trasladarse, vive en el exterior o necesita que alguien lo represente formalmente ante el organismo.

    El sistema permite que otra persona gestione prestaciones en nombre del titular.

    Quiénes pueden apoderarse en ANSES

    El rol de apoderado puede asumirlo cualquier persona mayor de 18 años que tenga un vínculo con el titular. Entre los casos más frecuentes se encuentran familiares directos como cónyuge, conviviente previsional, padres, hijos, hermanos o nietos.

    También pueden cumplir dicha función otros parientes cercanos como tíos, sobrinos, suegros, yernos o nueras. En determinadas situaciones, Anses admite que el representante sea un abogado, procurador, tutor, curador o incluso una institución.

    Para jubilados o pensionados que residen en el exterior, existe la posibilidad de designar a entidades bancarias autorizadas, como el Banco de la Nación Argentina, Banco Ciudad, Banco Patagonia, Credicoop, Banco Piano o Banco Comafi. Asimismo, directores o administradores de hospitales, sanatorios o residencias para adultos mayores pueden actuar como representantes cuando el titular se encuentra internado.

    Cómo designar a un apoderado en ANSES

    El trámite para nombrar un apoderado comienza con la preparación de la documentación necesaria, que varía según el tipo de representante elegido. En el caso de familiares, se debe presentar el DNI y documentos que acrediten el vínculo. Si se trata de un banco, se requiere la Carta Poder (formulario PS 6.4) firmada y certificada por la entidad.

    Los familiares directos son los apoderados más frecuentes.

    Cuando intervienen tutores, curadores o apoyos judiciales, es necesario presentar la sentencia judicial que habilita a esa persona a representar al titular para el cobro de prestaciones. Luego, el titular debe ingresar a Mi Anses con su CUIL y Clave de la Seguridad Social para iniciar la gestión y, en algunos casos, solicitar un turno. Finalmente, el día asignado, tanto el beneficiario como el apoderado deben presentarse en una oficina del organismo con sus documentos para completar el trámite.

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