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Así quedarían las escalas del monotributo con el nuevo paquete fiscal del Gobierno

Actualización trimestral a través del IPC y aumento del aporte jubilatorio y de la obra social, serían los cambios más significativos del borrador que acercó el Ejecutivo a los gobernadores.

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  • Tras el fracaso de la Ley Ómnibus en el Congreso y en el marco de la negociación con los gobernadores por el fundacional Pacto de Mayo, el Gobierno impulsa un nuevo paquete de medidas fiscales, entre los cuales se encuentra el Monotributo.

    Según la propuesta que dio a conocer el Ejecutivo, la actualización de las escalas del monotributo serían de forma trimestral atadas al índice de precios al consumidor (IPC), que mide el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), aplicando esta modificación a partir de abril de este año.

    Asimismo, las escalas pasarían a ser de un tope de ingresos de $3.000.000 anual (unos $250.000 mensuales) para la Categoría A; un máximo de ingreso de $4.000.000 anuales ($333.333 mensuales) para la Categoría B; un total de $5.500.000 por año ($458.333 mensuales) para la Categoría C; y para la D, no más de $7.500.000 anuales ($625.000 por mes).

    En el orden de las categorías de mayores ingresos, la Categoría E tendrán un ingreso máximo de $10.000.000 ($833.333 mensuales); para la Categoría F de $13.000.000 en el plazo de un año ($1.083.333 por mes); la Categoría G de $16.500.000 ($1.375.000 mensuales); y la última, la categoría H, en un máximo de $20.500.000 ($1.708.333 mensuales).

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    También se anunció el aumento el aporte jubilatorio y de la obra social de quienes forman parte del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, y se comunicó la intención de actualizar un 10% las contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) de todas las categorías, excepto de la Categoría A que la sube a $9.800.

    Asimismo, se incrementa a $13.800 la contribución del Régimen Nacional de Obras Sociales de las categorías A, B y C, de los cuales un diez 10% se destinará al Fondo Solidario de Redistribución. Además, añade una contribución adicional, "a opción del contribuyente" al Régimen Nacional de Obras Sociales.

    En el caso de los inscriptos en el el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Capital Humano, incluidos en la Categoría A, estarán exentos del incremento en el aporte jubilatorio, mientras que en el aporte a obras sociales y el adicional, tendrán una disminución del 50%.

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