La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó las condiciones de adhesión a los Planes de Facilidades de Pago permanentes.
El organismo redujo el porcentaje del pago a cuenta requerido al momento de adherir a los planes de facilidades, lo que permitirá a los contribuyentes financiar una porción mayor del total adeudado.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó las condiciones de adhesión a los Planes de Facilidades de Pago permanentes.
A través de la Resolución General 5681/25, la cual será publicada en las próximas horas en el Boletín Oficial, el organismo redujo el porcentaje del pago a cuenta obligatorio para planes por deuda de impuestos anuales, permitiendo así financiar una mayor parte del monto adeudado.
La medida tiene por objetivo optimizar la administración tributaria y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales correspondientes a los impuestos a los Bienes Personales y Ganancias.
De esta manera, según el tipo de contribuyente el pago a cuenta obligatorio a ingresar al momento de la adhesión quedó de la siguiente manera:
Para adherir a los planes de facilidades de pago se deberá ingresar a Mis Facilidades, opción RG 5321 - Plan de Facilidades de Pago Permanente.
Los contribuyentes deberán tener: