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ARBA permitirá regularizar planes de pagos vencidos: dónde y cómo tramitarlo

Se trata de la posibilidad de rehabilitar más de 82.000 planes de pago que dejaron de abonarse durante la época de pandemia provenientes de Impuestos Inmobiliario, Automotores, Embarcaciones deportivas y sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

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  • La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) le dará la posibilidad a los contribuyentes de regularizar planes de pagos que quedaron caducos durante la época de pandemia. Se trata de 82.557 planes de regularización sobre deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario, Automotores, Embarcaciones deportivas y sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

    El beneficio involucra a aquellos planes de financiación caducos entre el 1° de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021 y representan un monto de más de $ 4.800 millones de deuda en instancia prejudicial y judicial, de todos los impuestos que administra el organismo.

    El director ejecutivo de ARBA, Cristian Girard, destacó que "esta medida permitirá que familias y empresas bonaerenses puedan retomar los planes con facilidades para cancelar deudas que se cayeron en el contexto de crisis generado por la pandemia”.

    Además, destacó que con esta medida se acompaña “a quienes tuvieron dificultades para cumplir, flexibilizando las condiciones para que puedan ponerse al día”.

    Esta disposición alcanzará también a los agentes de recaudación y sus responsables solidarios, cuyas deudas provengan de retenciones o percepciones no efectuadas, efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término, con relación a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

    Cómo y dónde tramitar la regularización de planes caducos en ARBA

    Aquellos contribuyentes que deseen acceder al regularización de deudas impositivas, deberán ingresar a la web de la Agencia de Recaudación (www.arba.gob.ar), con la Clave de Identificación Tributaria, y desde allí, acceder a la pestaña habilitada para la gestión.

    Una vez efectivizada la operación, deberán liquidar los anticipos y las cuotas vencidas e impagas del régimen caído, antes del 1 de enero de 2024.

    En el caso de deudas en instancia prejudicial, será necesario además acreditar el pago de costas y gastos del juicio para poder acceder al plan de facilidades.

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