La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un nuevo mecanismo para hacer un seguimiento a las transferencias, plazos fijos, saldos en cuenta bancaria y las operaciones con tarjetas de débito y crédito. En este sentido, desde el organismo explicaron a partir de qué monto comienzan a controlar los gastos.
A partir de qué monto AFIP comienza a controlar los gastos de la tarjeta de débito
Con el objetivo de hacerle frente a la evasión fiscal y garantizar transparencia, la Administración Federal de Ingresos Públicos comenzó a hacer un seguimiento sobre las transferencias bancarias. Conocé a partir de qué monto controla.
De acuerdo a la información de la AFIP, estas medidas tienen como objetivo principal combatir la evasión fiscal y garantizar una mayor transparencia en el movimiento de dinero. Conocé todos los detalles.
Cuál es el máximo de gastos que podés hacer con tarjeta de débito sin que te controle AFIP
La AFIP determinó que el monto límite en el cual comenzarán a investigar el consumo de las tarjetas de débito y crédito es de $120.000. En este sentido, serán las propias billeteras virtuales y los bancos los responsables de comunicar al organismo sobre las transacciones que superen esa cifra.
Por otro lado, la comunicación entre la AFIP y los usuarios se lleva a cabo mediante el domicilio fiscal electrónico declarado o mediante la app de la billetera virtual.
De acuerdo a los datos establecidos por la AFIP, se fijaron topes específicos para operaciones financieras como gastos con tarjetas:
Saldos finales mensuales: Los saldos finales mensuales inferiores a $200.000 no serán informados a la AFIP.
Ingresos y egresos mensuales: los usuarios tienen permitido realizar ingresos y egresos mensuales en sus cuentas por montos que no superen los $120.000. En caso de superar este límite, la AFIP será notificada automáticamente.
Transacciones individuales: Cualquier transacción individual que supere los $400.000 será reportada inmediatamente a la AFIP.
Qué pasa si se supera el tope de AFIP
Si es necesario, la entidad financiera puede pedirle a la persona una justificación de los fondos de la cuenta. Generalmente suele pedirse a través de un correo electrónico. En el mismo, se requiere presentar documentación que respalde las operaciones que fueron hechas.
Esos documentos pueden ser:
- Facturas (responsable inscripto o monotributistas).
- Recibo de sueldo.
- Declaraciones Juradas.
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