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Rige una nueva modificación en la ley de Tránsito: cuál es y a quiénes afecta

El reciente cambio en el artículo número 48 establece una nueva modalidad a la hora de conducir a nivel nacional. La normativa fue promulgada por el Gobierno durante esta semana.

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  • Existe una nueva modificación en la ley de Tránsito que establece un cambio en el artículo 48 y una nueva modalidad a la hora de conducir a nivel nacional. La normativa fue promulgada por el Gobierno durante esta semana. ¿Qué implica?

    El Gobierno promulgó en la semana, una nueva ley para todas las rutas nacionales. La normativa sustituye el artículo 48 de la ley de Tránsito y reduce de 0,5 a 0 miligramos la cantidad de alcohol por litro de sangre que puede tolerarse para conducir.

    El texto aprobado por el Congreso de la Nación, establece que "queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir".

    En esta línea añade que "queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario".

    El próximo paso requiere su puesta en práctica en las restantes provincias con rutas nacionales. Lo que puede llegar a ocurrir es que dentro de un mismo territorio provincial existan rutas donde rige ley de alcohol cero, y rutas, caminos, calles y avenidas que no.

    El Senado aprobó la Ley de Alcohol Cero por amplia mayoría

    El Senado aprobó este jueves la Ley de Alcohol Cero, que establece la prohibición del consumo de alcohol para conducir vehículos de cualquier tamaño y peso. La iniciativa obtuvo 48 votos a favor, 9 en contra y ninguna abstención.

    La norma tratada sustituye el artículo 48 de la ley de Tránsito y contempla reducir de 0,5 a 0 miligramos la cantidad de alcohol por litro de sangre que puede tolerarse para conducir.

    El proyecto contempla penas de dos a cinco años de prisión e inhabilitación para los casos donde dé positivo el test de alcoholemia y cinco a diez años de prisión e inhabilitación en los casos en los que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte.

    Los senadores que votaron en contra de la Ley son los oficialistas sanjuaninos María del Carmen López Valverde y Sergio Uñac; y los opositores Alfredo Cornejo y Mariana Juri, de Mendoza; Roberto Basualdo, de San Juan; Julio Martínez, de La Rioja; Alfredo De Angeli, de Entre Ríos; Dionisio Scarpin, de Santa Fe; y Juan Carlos Romero, de Salta.

    Una vez aprobada la Ley, los familiares de víctimas de accidentes viales presentes en el recinto celebraron y agradecieron especialmente a la vicepresidenta Cristina Kirchner, quien estaba presidiendo la sesión al momento de la votación.

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