Gracias a la Ley de Nietos, España ofrece una alternativa para aquellos argentinos que quieran tramitar la ciudadanía europea. El país facilita el acceso a la nacionalidad mediante un trámite poco conocido. ¿Cuáles son los requisitos?
España: una alternativa para aquellos argentinos que quieran tramitar la ciudadanía europea
Mediante la Ley de Nietos o Ley de Memoria Democrática, el país facilita el acceso a la nacionalidad mediante un trámite poco conocido. ¿Cuáles son los requisitos?
Desde entrada en vigencia la Ley de Nietos, a fines del 2022, de las 24.729 solicitudes se aprobaron tan solo 12.862 y de esas, tan solo 7.119 fueron de argentinos que solicitaron acceder a este derecho.
La nueva ley permite que los hijos y nietos de personas nacidas en España y exiliadas durante el franquismo adquieran la doble nacionalidad de forma directa, sin necesidad de vivir en el país por un lapso mínimo determinado. Antes, solo podían solicitarla los hijos de ciudadanos españoles.
También aquellas personas que hayan nacido fuera de España de madre española que haya perdido la nacionalidad por haberse casado con un extranjero antes del 29 de diciembre de 1978.
Cómo acceder a la ciudadanía española por presunción
Existe otra manera para poder acceder a ciudadanía española, mediante el método de presunción: únicamente aplicable para aquellos bebés que nazcan en suelo español. Siempre y cuando, pertenezcan a un estado donde se les puede conceder su nacionalidad por origen geográfico o en cuyo caso, su país de origen le permita rechazarla.
Según la página oficial de la cancillería de España, aquellos que pueden acceder a la ciudadanía, entre otros, son:
- Nacidos de padre o madre española.
- Nacidos en España cuando sean hijos de Padres extranjeros si, al menos uno de los Padres, ha nacido en España.
- Los nacidos en España de Padres extranjeros, si ambos carecen de Nacionalidad, o si la Legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una Nacionalidad.
Quiénes pueden pedir la nacionalidad por presunción
Niños y niñas nacidos en España cuyos padres sean de las siguientes nacionalidades:
- Argentina.
- Bolivia.
- Brasil.
- Cabo Verde.
- Colombia.
- Costa Rica.
- Guinea Bissau.
- Panamá.
- Paraguay.
- Perú.
- Portugal.
- Santo Tomé y Príncipe.
- Uruguay.
Qué documentos se necesitan para iniciar el trámite
- Certificado literal de nacimiento del menor, emitido por Registro civil donde nació el menor.
- Certificado de empadronamiento familiar. Certificado que acredite la nacionalidad de cada uno de los padres (del Consulado).
- Certificado del Consulado respectivo de los padres referido a la no inscripción del menor en el mismo.
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