A principios de septiembre, la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares confirmó un aumento del 36% en cuatro tramos para las empleadas domésticas. Ahora, el sector también espera un nuevo pago extraordinario que impactará en octubre.
A principios de septiembre, la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares confirmó un aumento del 36% en cuatro tramos para las empleadas domésticas. Ahora, el sector también espera un nuevo pago extraordinario que impactará en octubre.
El acuerdo en su momento había sido para llevar los haberes mensuales de todas las categorías por encima de los $52.000. Se repartirá de la siguiente manera: 9% en agosto, septiembre, octubre y noviembre. Además de esto, las empleadas domésticas pueden acceder al plan que realizó el Ministerio de trabajo que es el Fomentar Empleo y, también, a la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo (AUE) y otras prestaciones.
Así quedó la escala salarial que impactará en octubre:
Primera categoría - Supervisor
- Con retiro: $ 64.443 mensual ($ 516,5 por hora)
- Sin retiro: $ 71.782 mensual ($ 565,5 por hora)
Segunda categoría - Personal para tareas específicas
- Con retiro: $ 59.871 mensual ($ 489 por hora)
- Sin retiro: $ 66.646,5 mensual ($ 536 por hora)
Tercera categoría - Caseros
- Con y sin retiro: $ 58.414 mensual ($ 461 por hora)
Cuarta categoría - Asistencia y cuidado de personas
- Con retiro: $ 58.414 mensual ($ 461 por hora)
- Sin retiro: $ 65.096 mensual ($ 516,5 por hora)
Quinta categoría - Personal para tareas generales
- Con retiro: $ 52.531 mensual ($ 428 por hora)
- Sin retiro: $ 58.414 mensual ($ 461 por hora)
Asimismo, habrá un adicional del 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada categoría, para el trabajador doméstico que desempeñe funciones en zonas desfavorables.
Dicho extra se aplicará al personal que preste tareas en:
Por otra parte, van a recibir un adicional del 1% por año en los salarios mensuales. Esto impactará en los primeros días de octubre y el extra les corresponde a todas las categorías. Será indistinto al tipo de relación laboral que se trate.
En el cálculo se considera un 1% por cada año trabajado desde el 1° de septiembre de 2020.