Luego de haberse decidido el balotaje viendo los resultados de las últimas elecciones sucedidas el pasado 22 de octubre, muchas personas se plantean si asistir o no al evento electoral.
Luego de haberse decidido el balotaje viendo los resultados de las últimas elecciones sucedidas el pasado 22 de octubre, muchas personas se plantean si asistir o no al evento electoral.
Sucede que se ven afectados por viajes ya planificados previamente en ese fin de semana largo, debido a que el feriado pactado para el lunes 20 se sostiene pese a las elecciones.
Entonces, esos ciudadanos se están replanteando si ir o no a la segunda vuelta que sucederá el domingo 19. Para quienes se ausenten, habrá infracciones que ya están establecidas. Enterate cuáles son.
Aquellos que se ausenten a la segunda vuelta electoral recibirán como sanción una multa económica que puede variar según la cantidad de faltas a distintas elecciones que hayas acumulado.
Cabe destacar que estas multas no se cobran el día después de las elecciones, sino que te permiten un margen de 60 días para presentar justificativos por la ausencia.
Si luego de esos días no es presentado ningún motivo que valide la falta, la legislación prohíbe presentarse a cargos electivos durante tres años y realizar trámites nacionales, provinciales o municipales durante un año a aquellos que no paguen la multa.
Las penalidades se distribuyen de la siguiente manera: