ANMAT prohibió la venta de una reconocida marca de aceite de oliva

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica detectó irregularidades en su registro y rotulado, lo que lo convierte en un producto ilegal y potencialmente peligroso para la salud pública. Además, se vetó la comercialización de una marca de miel y otra de lavandina.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de una reconocida marca de aceite de oliva extravirgen por irregularidades en su registro y rotulado, lo que lo convierte en un producto ilegal y potencialmente peligroso para la salud pública.

La medida se implementó a través de la Disposición 3797/2025 del organismo, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, con la firma de su titular, Nélida Bisio.

Se trata del aceite de oliva virgen extra, marca Nuevos Olivares de Argentina, elaborado y fraccionado por Nuevos Olivares, RNE 02-673318, RNPA 02-552433. Según la norma, está "falsamente rotulado al utilizar un RNE inexistente y un RNPA perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

Nuevos olivares aceite de oliva ANMAT
Nuevos Olivares de Argentina, el aceite de oliva prohibido este miércoles por ANMAT.

Nuevos Olivares de Argentina, el aceite de oliva prohibido este miércoles por ANMAT.

Esta situación salió a la luz tras una investigación del Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que detectó la irregularidad.

Así, "a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad", ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y plataformas de venta en línea del citado producto.

ANMAT prohibió la venta de una reconocida marca de miel

Además, ANMAT prohibió a través de la Disposición 3799/2025 una miel floral, tras detectar que carece de registros sanitarios de establecimiento y producto y estar falsamente rotulado.

Se trata de la miel floral, marca De la Sierra, producida en Holmberg, provincia de Córdoba. Tras la denuncia de un particular que la compró en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el organismo detectó que "carece de registros de establecimiento y de producto y está falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un RNE inexistente y un RNPA perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

Miel floral De la Sierra ANMAT
La miel floral prohibida por ANMAT.

La miel floral prohibida por ANMAT.

De esta forma, ANMAT detectó que, "por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la República".

ANMAT prohibió la venta de una destacada marca de lavandina

ANMAT prohibió también la comercialización de lavandina producida por Compañía de Poliproductos Baigó S.A por tratarse de un producto ilegítimo para el cual se desconoce su fabricante y las condiciones de elaboración y haber sido comercializado con un rótulo diferente al aprobado por el organismo.

Se trata de dos productos de marca Lava Dun. En el caso de la lavandina básica solución de Hipoclorito de Sodio con una concentración de cloro activo de 25g CL/L RNE 020045624, el rótulo del producto sujeto a la consulta no coincidía con ninguno de los productos registrados por la firma e incumplía la normativa vigente aplicable a aguas lavandinas.

Los representantes de la firma reconocieron que fabricaron el lote consignado en el rótulo proveniente de la consulta, “Lote 2638. 26-07-24”, pero no reconocieron como original la etiqueta de la muestra, y exhibieron las etiquetas utilizadas para el envasado del lote de su producto, las cuales, efectivamente, no coincidían con las de la consulta, por lo que el producto resultaría ser ilegítimo.

Por otro lado, en el agua lavandina común, Lava Dun, RNE 020045624 RNPUD 0250002, lote Lote 2638. 26-07-24, el rótulo no coincidía con el aprobado en cuanto a denominación, dosis de uso de limpieza y desinfección de superficies y agua de consumo, entre otros datos.

Ante esto, ANMAT prohibió la venta de ambos productos.

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