La Justicia le ordenó al Gobierno cesar con el desmantelamiento de la Subsecretaría de Protección contra la Violencia de Género, dependiente del Ministerio de Justicia, a cargo de Mariano Cúneo Libarona, tras una presentación realizada por parte de distintas organizaciones sociales y ONGs y dando un paso clave en la protección de los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes.
La Justicia ordenó al Gobierno no desmantelar los programas contra la violencia de género
El juez Alonso Regueira hizo lugar al pedido de organizaciones de la sociedad civil y exigió al Ministerio de Justicia que frene el desfinanciamiento de la Subsecretaría de Protección contra la Violencia de Género.
El juez Enrique Alonso Regueira, a cargo del Juzgado en lo Contencioso y Administrativo Federal 1, atendió el pedido en la última semana de diciembre y dictaminó una medida cautelar para que dicho ministerio se abstenga de reducir recursos humanos e infraestructura institucional de la Subsecretaría.
Sin embargo, el 30 de diciembre el Ejecutivo impugnó la cautelar firmada por el juez, aunque desde la cartera que lidera Cúneo Libarona no pudieron detallar en profundidad cómo se sostendrán los espacios, programas y herramientas para quienes los necesiten.
Pese a que desde el Gobierno habían negado el cierre de la mencionada Subsecretaría y de 81 Centros de Acceso a la Justicia (CAJ), tal como ocurrió con los espacios vinculados a los Derechos Humanos, hasta el momento no se ha aportado una sola prueba que respalde su posición.
Luego de que el Ejecutivo solicite que se habilite la feria judicial, es la Cámara Contencioso Administrativo Federal, a cargo de los jueces Marcelo D. Duffy, Jorge E. Moran y Rogelio W. Vincenti de la Sala IV, la que debe resolver si acepta o no el recurso.
Qué dice la medida cautelar
En la resolución, Alonso Regueira destacó que el Ministerio de Justicia, a pesar de haber alegado que los programas y recursos se encuentran reorganizados conforme criterios de “eficacia y eficiencia” de la actual gestión de gobierno, no ha presentado constancia alguna que permita demostrar que se esté garantizando la prestación mínima obligatoria en los términos de la Ley de Protección Integral de las Mujeres, ni ha mencionado la forma en la que se está cumpliendo con las prestaciones referidas.
A su vez, el Gobierno tampoco explicó en qué consiste la reorganización a la que alude ni de qué manera esa nueva estructuración permitiría cumplir el deber de garantizar los derechos de las mujeres en situación de vulnerabilidad.
El Juez también destacó que el Estado no ha respaldado con documentación sus afirmaciones para demostrar de qué forma se estarían garantizando los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes víctimas y potenciales víctimas de violencia de género, subrayó que esta indefinición es incompatible con el principio de progresividad en la satisfacción plena de los derechos y el umbral mínimo de cumplimiento de la ley, que se aplica en todo el país.
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