El 11 de junio habrá Elecciones 2023 provinciales en Corrientes para renovar las bancas legislativas, ya que, no tendrán comicios para elegir gobernador y Vicegobernador. Luego tendrán que volver a presentarse a las urnas el 13 de agosto y el 22 de octubre para lo que serán, en primer lugar, las PASO presidenciales para elegir a los candidatos que pelearán por sentarse en el sillón de Rivadavia y en octubre para las generales que definirá al próximo Presidente de la Argentina.
Elecciones en Corrientes 2023: quiénes están habilitados para votar
Conocé quiénes están habilitados para los comicios en la provincia del 11 de junio en donde renovarán bancas legislativas.
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Argentina.gob.arEl Padrón Electoral ya se encuentra habilitado y podés consultar en dónde te corresponde votar. Sólo vas a necesitar el número de documento y el género para conocer el establecimiento en el que tenés que presentarte, el número de mesa y el número de orden. Conocé qué se vota y quiénes están exentos de votar.
Qué se vota en las elecciones de Corrientes
Al no haber elecciones provinciales, los ciudadanos de la Provincia de Corrientes tendrán que presentarse a las urnas para renovar bancas legislativas. Serán 15 de las 30 bancas que la Cámara de Diputaos tiene en el distrito y además, deberán renovar 5 lugares en el Senado, que está conformado por un total de 15 bancas.
Elecciones en Corrientes: quiénes están exentos de votar
El voto para las Elecciones 2023 en Corrientes es obligatorio para todos aquellos que tienen entre 18 y 70 años de edad, mientras que, es opcional para los que tienen 16, 17 y tienen más de 70 años. Conocé quiénes son los otros ciudadanos que están exentos de votar en los comicios del 11 de junio:
- Jueces y sus auxiliares que deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras duren los comicios.
- Los que el día de los sufragios se encuentren a más de 500 KM del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. El día de los sufragios deberán presentarse en una comisaría para dejar sentado sus motivos.
- Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor que les impida asistir al acto electoral.
- El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir a los establecimientos habilitados para votar.
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