El Gobierno aprobó un nuevo estatuto para el personal de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), mediante el Decreto 1021/2026 publicado en el Boletín Oficial. La normativa establece las pautas que regirán la relación laboral de los agentes y define un esquema de carrera basado en la formación, la experiencia y el desempeño profesional.
Según los fundamentos de la medida, el objetivo es consolidar un cuerpo de trabajadores especializados que pueda desarrollar sus funciones dentro del Sistema de Inteligencia Nacional (SIN) y que tenga continuidad más allá de los cambios políticos.
El nuevo régimen plantea que el ingreso y la promoción dentro de la SIDE deberán contemplar criterios técnicos, éticos y profesionales. También establece la capacitación permanente como uno de los ejes para el desarrollo de los agentes, con actividades destinadas a actualizar y fortalecer sus conocimientos y competencias.
En ese sentido, el estatuto dispone la creación de un plan de carrera orientado a la formación técnica, humana y profesional en materia de inteligencia. Entre los principios mencionados se encuentran la idoneidad, la transparencia, la igualdad de oportunidades, el mérito y la profesionalización.
La normativa también busca establecer una relación entre los salarios y las responsabilidades de cada agente. El estatuto señala que las remuneraciones deberán guardar correspondencia con las capacidades técnicas, las funciones y los grados jerárquicos, con el objetivo de evitar diferencias discrecionales entre trabajadores que tengan funciones, trayectoria y antigüedad similares.
Qué derechos establece el nuevo estatuto
Entre los principales derechos reconocidos aparece la estabilidad laboral para quienes integren la planta permanente una vez confirmados en sus cargos. La desvinculación solo podrá producirse por las causas y mediante los procedimientos establecidos por el propio estatuto.
Los agentes también tendrán derecho a percibir sus remuneraciones de acuerdo con las escalas correspondientes a cada categoría, además de las bonificaciones, compensaciones y otros conceptos que les correspondan.
El régimen contempla, a su vez, el acceso a instancias de capacitación y actualización vinculadas con el desarrollo de las tareas. La formación también podrá estar orientada a que los trabajadores puedan acceder a funciones diferentes o de mayor jerarquía dentro de la estructura.
El estatuto incluye derechos vinculados con licencias, justificaciones, franquicias, asignaciones, indemnizaciones y reintegros, de acuerdo con las normas complementarias que dicte la Secretaría. También contempla asistencia social para los agentes y las personas a su cargo, además de los beneficios correspondientes al sistema de obras sociales y asignaciones familiares.
Entre las disposiciones también se encuentra la posibilidad de presentar consultas y reclamos cuando un trabajador considere que sus derechos fueron afectados, así como el acceso al beneficio jubilatorio y la posibilidad de presentar la renuncia bajo las condiciones establecidas.
El régimen contempla además mecanismos para solicitar cambios de cuadro y distintas modalidades de promoción: por ascenso ordinario, por méritos extraordinarios o mediante ascenso post mortem.
Por último, el estatuto establece el principio de igualdad de oportunidades dentro de la carrera y dispone que el personal no deberá recibir un trato diferenciado por motivos ajenos a su aptitud y conducta profesional.