Balotaje 2023: cuáles son los documentos válidos para votar

Todos sirven para emitir sufragio, pero qué pasa si me presento con el que dice "no válido para votar".

El domingo 19 de noviembre se llevarán a cabo los comicios nacionales para elegir a los candidatos a Presidente y Vicepresidente. El padrón para el balotaje 2023 ya se encuentra disponible.

El día de los comicios los votantes tendrán que presentarse con el DNI actualizado para votar pero ¿puedo votar con el que dice "no válido para votar"?

Balotaje 2023: ¿son válidos los documentos con la leyenda “No válido para votar”?

Todos los documentos son válidos para votar. sin embargo, es fundamental destacar que tendrán que asistir a las urnas con el DNI que figura en el padrón o con una versión posterior. En caso de presentarse con una versión anterior, con el DNI digital o con una constancia de que el mismo se encuentra en trámite no podrá ingresar al cuarto oscuro.

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De esta forma, los documentos válidos son:

  • DNI libreta verde y libreta celeste
  • DNI tarjeta (incluso el que dice “no válido para votar”)
  • Libreta de enrolamiento
  • Libreta cívica

Algunos documentos tienen una inscripción que dice "no válido para votar", sin embargo, las autoridades de mesa deben permitirle votar en este balotaje 2023 a todos los que se presenten con ese DNI. Por lo tanto, también es válido para cumplir con el deber cívico.

Calendario Electoral 2023: las fechas de las elecciones presidenciales y legislativas 2023

  • Comienzo de la campaña electoral: 24 de junio
  • Inicio del período de emisión de publicidades en medios audiovisuales: desde el 9 de julio
  • Veda electoral de las PASO: 11 de agosto desde las 8
  • PASO nacionales: según la Ley 26.571, se realiza el segundo domingo de agosto, es decir, el 13 de agosto
  • Escrutinio definitivo: 15 de agosto. Finalizada esta jornada, se oficializarán las fórmulas que competirán en las elecciones generales
  • Inicio de la campaña para las elecciones generales: 3 de septiembre (50 días antes del proceso electoral)
  • Inicio del segundo período de emisión de publicidades en medios audiovisuales: desde el 17 de septiembre
  • Debates públicos obligatorios entre candidatos presidenciales: dentro de los 20 días anteriores a la fecha de los comicios y antes de los 7 días de la elección
  • Veda electoral para los comicios generales: 20 de octubre desde las 8
  • Elecciones generales: 22 de octubre
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