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Italia le cierra la puerta a millones de descendientes: la mala noticia que afecta a miles de argentinos

El Tribunal Constitucional de Italia se dictó a favor del Gobierno y la ley que promulgó en 2025, que restringía la ciudadanía a quienes habían nacido en el extranjero.

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  • En la primera de las cuatro audiencias que se llevarán adelante tras la promulgación de la ley, mediante un decreto de necesidad y urgencia por la ministra Giorgia Meloni,el Tribunal Constitucional se dictó a favor del Gobierno. Esto es un duro golpe a los 160 años tradición bajo ius sanguinis el cual permitía obtener la ciudadanía por descendencia.

    Hasta el momento, la ley permitía que descendientes de italianos de tercera o cuarta generación pudieran gestionar su ciudadanía en base al principio de ius sanguinis. Sin embargo, ahora, con esta nueva decisión del gobierno del país europeo, el panorama cambió radicalmente.

    Con la nueva normativa, aquellos que tengan la intención de solicitar la ciudadanía podrán ser solo los descendientes de primera o segunda generación, quienes tendrán la posibilidad de iniciar el trámite de forma directa. Esta reforma afecta a miles de argentinos, que, hasta 2024, obtuvieron la nacionalidad italiana bajo el derecho de sangre.

    Bajo las reglas que existían hasta ahora, cualquier persona que podía probar que tuvo un ancestro italiano vivo después del 17 de marzo de 1861, podía solicitar la ciudadanía.

    El Tribunal Constitucional emitió un comunicado donde declaró "parcialmente infundadas e inadmisibles las cuestiones de legitimidad constitucional planteadas por el tribunal de Turín".

    En diálogo con CNN, uno de los abogados que se presentó en el caso contra la nueva ley aseguró que "fue una intervención extremadamente clara y severa, por lo que tenía la esperanza de que se considerara una violación de algunos puntos constitucionales, pero el tribunal no lo reconoció".

    Qué dice el decreto que modifica el acceso a la ciudadanía italiana

    El texto inicial propuesto por el Gobierno establecía un límite generacional para la transmisión de la ciudadanía por derecho de sangre: solo podrían solicitar la ciudadanía aquellos que tuvieran a uno de sus padres o abuelos nacidos en Italia.

    Sin embargo, una enmienda aprobada por la Comisión de Constitución del Senado eliminó la mención del lugar de nacimiento del antepasado, aunque impuso otro requisito: la ciudadanía solo puede ser reconocida a quien tenga un antepasado de primer grado (padre o madre) o de segundo grado (abuelo o abuela) que tenga o tuviera, al momento de la muerte, exclusivamente ciudadanía italiana.

    De esta manera, la medida introduce el principio fundamental de que la ciudadanía no se transmite automáticamente a quienes nacieron en el extranjero y poseen otra ciudadanía. También impide el reconocimiento de la misma ciudadanía también a quienes nacieron en el extranjero antes de que la propia medida entrara en vigor

    El gobierno italiano resolvió limitar el acceso al reconocimiento por linaje, en un intento por ordenar el sistema administrativo y responder a razones de seguridad. La iniciativa plantea condiciones más estrictas para quienes aspiraban a iniciar el trámite con base en vínculos familiares lejanos.

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