El Senado de Italia aprobó el decreto que limitará el acceso a la ciudadanía

Con 81 votos a favor y 37 en contra, los senadores aprobaron el decreto impulsado por el gobierno de Giorgia Meloni. Cuáles serían las principales modificaciones en el trámite.

El Senado de Italia aprobó este jueves el decreto impulsado por el gobierno de Giorgia Meloni que modifica el acceso a la ciudadanía italiana, algo que afectará directamente a los argentinos interesados en el trámite.

Con 81 votos a favor y 37 en contra, los senadores aprobaron el decreto que establece que la ciudadanía no se traslada automáticamente a los nacidos en el exterior que posean otra nacionalidad y excluye el reconocimiento de aquellos nacidos en el exterior antes de la entrada en vigor de la ley.

“Es muy importante”, indicó el canciller italiano, Antonio Tajani, respecto a la aprobación del decreto al tiempo que lo calificó como “una medida que pretende devolver la dignidad y el sentido a un derecho que debe basarse en un vínculo auténtico con Italia, no solo burocrático, sino también cultural, cívico e identitario”.

“La ciudadanía debe ser un reconocimiento serio y consciente, que se confirma mediante el compromiso. Esta reforma no excluye, sino que responsabiliza. Propone criterios más selectivos y transparentes, capaces de fortalecer la integridad de nuestro sistema y prevenir abusos”, resaltó el funcionario.

El decreto-ley entraría en vigor el 28 de marzo aunque debe ser aprobado por el Parlamento en 60 días para ser definitivo, algo que se da por hecho ya que el gobierno de Meloni cuenta con una amplia mayoría en la Cámara.

Giorgia Meloni

Qué dice el decreto que modifica el acceso a la ciudadanía italiana

El texto inicial propuesto por el Gobierno establecía un límite generacional para la transmisión de la ciudadanía por derecho de sangre: solo podrían solicitar la ciudadanía aquellos que tuvieran a uno de sus padres o abuelos nacidos en Italia.

Sin embargo, una enmienda aprobada por la Comisión de Constitución del Senado eliminó la mención del lugar de nacimiento del antepasado, aunque impuso otro requisito: la ciudadanía solo puede ser reconocida a quien tenga un antepasado de primer grado (padre o madre) o de segundo grado (abuelo o abuela) que tenga o tuviera, al momento de la muerte, exclusivamente ciudadanía italiana.

De esta manera, la medida introduce el principio fundamental de que la ciudadanía no se transmite automáticamente a quienes nacieron en el extranjero y poseen otra ciudadanía. También impide el reconocimiento de la misma ciudadanía también a quienes nacieron en el extranjero antes de que la propia medida entrara en vigor

El gobierno italiano resolvió limitar el acceso al reconocimiento por linaje, en un intento por ordenar el sistema administrativo y responder a razones de seguridad. La iniciativa plantea condiciones más estrictas para quienes aspiraban a iniciar el trámite con base en vínculos familiares lejanos.

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