La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incrementó en un 79,8% el importe a partir del cual se debe identificar a los consumidores finales.
El ente recaudador ajustó el importe mínimo necesario para la identificación de los consumidores finales en las transacciones electrónicas y en efectivo.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incrementó en un 79,8% el importe a partir del cual se debe identificar a los consumidores finales.
Un consumidor final es una persona que adquiere bienes o servicios para su uso personal o consumo final, y no con el propósito de revenderlos o utilizarlos con fines comerciales. Los montos se actualizan en enero y julio.
Si el total del ticket o factura es igual o superior a $344.488, será necesario identificar al comprador siempre que el pago se realice mediante medios electrónicos (tarjetas de débito, crédito, etc.).
Para pagos en efectivo, la identificación del comprador será requerida si el monto del ticket o factura alcanza los $172.244 o más.
Cuando el receptor sea un consumidor final, deberán detallarse los siguientes datos: