En mayo de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó una serie de cambios significativos en los controles sobre operaciones financieras, que impactan directamente en las compras con tarjeta y las transferencias bancarias. Estas modificaciones buscan simplificar el sistema fiscal.
Última hora: estos son los cambios en las compras con tarjeta y transferencias que implementó ARCA en mayo 2025
Muchas operaciones que anteriormente estaban sujetas a monitoreo ahora quedan exentas, permitiendo una mayor libertad en el manejo de fondos.
Uno de los principales ajustes es la elevación de los montos mínimos a partir de los cuales las transacciones deben ser informadas a ARCA. Además, se derogaron varios regímenes informativos que obligaban a comercios, bancos y profesionales a reportar ciertas operaciones al organismo recaudador.
Qué cambios confirmó ARCA para las transferencias y las compras con tarjetas
El pasado 22 de mayo, el presidente Javier Milei presentó un cambio clave dentro del Plan de Reparación Histórica del Ahorro de los Argentinos, con la intención de poner fin a lo que desde el Ejecutivo se describe como una “cultura del control” que trataba a todos los ciudadanos como culpables hasta que se probara lo contrario.
Con la nueva normativa, las compras realizadas con tarjetas de crédito, débito y billeteras virtuales ya no serán informadas a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). En otras palabras, los bancos y proveedores de servicios de pago electrónicos ya no deberán remitir al Estado el detalle de cada gasto cotidiano.
Esto supone el cierre de un mecanismo que permitía al fisco acceder a los movimientos personales de millones de usuarios en sus operaciones digitales.
Qué otros cambios definió ARCA
En el marco de un plan oficial para reducir la carga fiscal y simplificar la burocracia, el Gobierno nacional dio un paso importante: ARCA anunció una fuerte suba en los montos mínimos a partir de los cuales bancos, billeteras virtuales y comercios están obligados a informar movimientos al Estado.
Con las nuevas disposiciones, los pagos hechos por personas físicas solo deberán ser reportados si superan los $50 millones por mes, y en el caso de personas jurídicas, el umbral se fijó en $30 millones.
Las extracciones de efectivo también se ajustan: solo se informarán aquellas superiores a $10 millones, sin distinción entre individuos o empresas.
Respecto al saldo bancario mensual, se eleva el piso a $50 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas, mientras que los depósitos a plazo fijo seguirán la misma lógica: hasta $100 millones sin necesidad de ser informados para individuos, y $30 millones para compañías.
Las billeteras virtuales y las sociedades de bolsa (AlyCs) también entran en esta nueva lógica: solo se reportarán movimientos que superen los $50 o $100 millones, según el tipo de operación y titular.
Además, se unifica el límite para identificar al consumidor final en operaciones comerciales: solo deberán ser declaradas aquellas compras que superen los $10 millones, sin importar el método de pago.
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