La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) continúa con los pagos correspondientes a junio y aclaró cuáles son los grupos de beneficiarios que quedan excluidos del pago del aguinaldo.
La Administración Nacional de la Seguridad Social indicó qué beneficiarios quedan excluidos de este pago.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) continúa con los pagos correspondientes a junio y aclaró cuáles son los grupos de beneficiarios que quedan excluidos del pago del aguinaldo.
El organismo previsional que está a cargo de Fernando Bearzi explica que este concepto, comúnmente conocido como aguinaldo, representa el 50% del haber mensual más alto percibido durante el semestre. En esta ocasión, el período evaluado va de enero a junio del presente año.
Además del aguinaldo, el organismo implementó en junio un bono extraordinario de $70.000 para los titulares de la jubilación mínima, así como para los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y de Pensiones No Contributivas (PNC). Este monto adicional se acreditó en conjunto con el haber mensual y el aguinaldo, sin necesidad de realizar trámites.
El aguinaldo de este mes es destinado exclusivamente a jubilados, pensionados, trabajadores registrados y demás beneficiarios con haberes contributivos dentro del SIPA.
Los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), los titulares de la Asignación por Embarazo (AUE) y quienes reciben pagos a través del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) quedan excluidos del pago del aguinaldo. En ese sentido, Anses aclaró que al no tratarse de prestaciones contributivas, estos programas no forman parte del esquema que da derecho al cobro del SAC.
El aguinaldo se liquida de forma automática, sin necesidad de gestión alguna por parte de los beneficiarios. El cálculo toma en cuenta el 50% del haber mensual más alto percibido en los seis meses previos, lo cual en esta oportunidad incluye el mes de junio, dado que ese mes registró el aumento más reciente. El bono de $70.000 no se incluyó en la base de cálculo, ya que no constituye un haber previsional permanente.
El aguinaldo se acredita el mismo día y en la misma cuenta que el haber mensual: