El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que los salarios brutos de hasta $880 mil no pagarán Ganancias sobre el aguinaldo. La medida beneficia a 513.000 trabajadores de todo el país que se desempeñan en distintos sectores y actividades.
El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que los salarios brutos de hasta $880 mil no pagarán Ganancias sobre el aguinaldo. La medida beneficia a 513.000 trabajadores de todo el país que se desempeñan en distintos sectores y actividades.
La decisión, un beneficio extraordinario por única vez, alcanza a más del 50% de los trabajadores que hoy pagan el impuesto a las Ganancias en todo el país. Se trata de quienes registran salarios brutos mensuales de entre $506.230 y $880 mil, es decir hasta 10 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
La medida implica una mejora de bolsillo promedio por empleado de $112.600 y un incremento sobre el sueldo mensual promedio de bolsillo del 26%. De esta manera apunta a recomponer el poder adquisitivo, proyectando que se traduce en mayor consumo y actividad económica.
El proyecto propone devolver lo retenido para estos salarios en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en los meses de junio y julio. Para ello, los empleadores deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo.
El alivio fiscal anunciado por Sergio Massa alcanzará a más de medio millón de trabajadores de todo el país que se desempeñan en distintos sectores de la economía:
Llega junio y los trabajadores cobran la primera parte del Sueldo Anual Complementario (SAC), también conocido como aguinaldo. Esta remuneración extra se paga en dos mitades: la primera a mediados de año y la segunda en diciembre.
El aguinaldo es un salario extra que se agrega a los doce sueldos mensuales del año. En junio se percibirá el 50% de la mejor paga recibida durante el primer semestre.
Según la Ley 27.073, la fecha límite que tienen los empleadores para pagar el aguinaldo de la primera mitad del año es el 30 de junio, aunque se permite un retraso de hasta cuatro días hábiles, es decir que en 2023 el tope será el jueves 6 de julio.