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Prestación por Desempleo de ANSES: cómo saber qué monto me corresponde

La Administración Nacional de la Seguridad Social brinda una asistencia económica a todas aquellas personas que fueron despedidas sin justa causa de sus empleos.

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  • La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorga una ayuda económica a todas aquellas personas que fueron despedidas sin justa causa de sus empleos, a través de la Prestación por Desempleo.

    En este orden el organismo que tiene a cargo a Fernanda Raverta explicó que es una medida con la cual se busca acompañar económicamente a todas aquellas personas desempleadas, hasta que consigan un nuevo trabajo.

    Los requisitos para acceder varían según se trate de personas que trabajaron en relación de dependencia o fueron trabajadores de la construcción.

    anses logo

    Qué es la Prestación por Desempleo de ANSES

    La Prestación por Desempleo de ANSES es un programa de asistencia económica para todas aquellas personas que fueron despedidas sin justa causa de sus empleos. Esta medida abarca a los trabajadores que realizaron aportes al Fondo de Desempleo.

    Prestación por Desempleo para trabajadores en relación de dependencia

    Para las trabajadoras y los trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas, comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.

    Cuáles son los requisitos

    Los requisitos para acceder a la Prestación por Desempleo para trabajadores en relación de dependencia son:

    Documentación necesaria

    Cuál es el monto

    El monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según tus ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Las trabajadoras y los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

    vivienda construcción

    Prestación por Desempleo para trabajadores de la construcción

    Para las trabajadoras y los trabajadores de la construcción despedidas/os sin justa causa o por finalización de obra comprendidos en el Régimen Nacional de la Construcción Ley N° 25.371.

    Cuáles son los requisitos

    Tener al menos 8 meses de trabajo con aportes en los últimos 2 años anteriores al despido o finalización de obra.

    Documentación necesaria

    En todos los casos se deberá presentar tarjeta o libreta de trabajo que indique el cobro del Fondo de Cese Laboral. En caso que la trabajadora o trabajador no lo haya cobrado y si transcurrieron menos de 60 días corridos desde el despido, deberá presentar telegrama o carta documento intimando a la empleadora o empleador el pago del Fondo de Cese Laboral.

    Cuál es el monto

    Para trabajadoras y trabajadores permanentes, el monto y la cantidad de cuotas (entre 3 y 8) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 2 años.

    En el caso de un trabajador eventual o de temporada que trabajó (con aportes) un año o más, se aplica el mismo criterio que para una trabajadora o trabajador permanente. Si lo hizo por menos de un año, le corresponderá un día por cada 3 de servicio.

    Las trabajadoras y trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

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