En una situación económica desafiante, donde la inflación y las tasas de interés son altas, tener deudas pendientes con la AFIP puede convertirse en un problema real.
Cuando una mutual reclama un saldo pendiente, es esencial verificar la autenticidad del reclamo y confirmar que no haya caducado.
En una situación económica desafiante, donde la inflación y las tasas de interés son altas, tener deudas pendientes con la AFIP puede convertirse en un problema real.
Es común enfrentarse a saldos adeudados con la mutual, pero en ocasiones estos pueden estar prescritos, lo que significa que no es necesario pagarlos y que no afectarán tu historial financiero.
De acuerdo con el artículo 24 de la Ley 23.660, los saldos pendientes con mutuales prescriben después de 10 años. Esto implica que, una vez transcurrido ese período, no pueden exigir el pago ni afectar tu historial crediticio.
El cálculo de la fecha de prescripción dependerá del tipo de deuda que estén reclamando, ya sea un pago ordinario, extraordinario, entre otros.
Con frecuencia, los saldos pendientes con mutuales están vinculados a saldos de monotributo. En estos casos, estos saldos prescriben en un plazo de 5 años.
Esto significa que la administración tributaria tiene hasta 5 años para exigir el pago de un saldo de monotributo y, si no lo hace dentro de ese período, la deuda prescribe y no puede ser reclamada.
Para solicitar la caducidad de un saldo de AFIP, debes cumplir con los requisitos establecidos por la entidad.
Por lo general, este proceso se realiza de forma automática. Sin embargo, si continúas viendo un saldo prescrito, deberás presentar una "objeción" ante la administración tributaria.
En dicha objeción, deberás especificar el tipo de trámite ("Manifestación de disconformidad Beneficio condonación - ley 27.653") y adjuntar capturas de pantalla que muestren el saldo prescrito.