La garantía es uno de los requisítos que generan más dolores de cabeza a la hora de alquilar una vivienda. En general, el inquilino no conoce a fondo lo que dice la Ley de Alquileres sobre las garantías que son válidas. En este video Gervasio Muñoz, de Inquilinos Agrupados, ofrece distintas consideraciones a tener en cuenta.
Guía para inquilinos: lo que tenés que saber sobre las garantías
Según el artículo 14 de la Ley de Alquileres, el inquilino debe ofrecer hasta dos tipos de garantías y el propietario debe aceptar una. Conocé cuáles son las alternativas.
El inquilino debe ofrecer hasta dos tipos de garantías.
Según el artículo 14 de la Ley de Alquileres, el inquilino debe ofrecer hasta dos tipos de garantías y el propietario debe aceptar una.
Tipos de garantías que pueden ofrecer los inquilinos
- Título de propiedad.
- Recibo de sueldo.
- Seguro de caución.
- Aval bancario.
- Fiador solidario.
Para mayor información, se recomienda consultar el artículo 14 de la Ley de Alquileres.
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