Este martes el ministerio de Economía avanzará con la implementación del dólar "Vaca Muerta", una divisa más favorable para el sector exportadores de hidrocarburos que tiene como objetivo reforzar las reservas del Banco Central.
El gobierno reglamenta este martes el dólar "Vaca Muerta"
El beneficio para las empresas del sector de hidrocarburos implicará que podrán liquidar el 25% de sus exportaciones al tipo de cambio contado con liqui.
El mismo funcionará con un esquema similar al dólar agro. El beneficio para las empresas del sector de hidrocarburos implicará que podrán liquidar el 25% de sus exportaciones al tipo de cambio contado con liqui (CCL), que este lunes cerró en $829,67, sin perder el acceso al mercado único y libre de cambios (MULC), donde liquidan a un tipo de cambio mayorista de $350. De esta manera, se espera una liquidación de u$s1.200 millones.
La medida fue anunciada el martes de la semana pasada por el ministro de Economía y candidato de Unión por la Patria, Sergio Massa, junto al presidente de YPF, Pablo González, en un recorrido por la cabecera del oleoducto de Vaca Muerta Norte en Neuquén.
"En nuestro subsuelo está la riqueza más importante que tiene para desarrollar la Argentina los próximos 150 años, si nos quedáramos solamente nosotros con esa riqueza", expresó Massa en esa oportunidad.
En ese sentido, aseguró que "esto es una segunda turbina de la economía argentina" y destacó que a partir de la construcción del oleoducto, "pasamos del déficit al superávit, pasamos de importar a vender energía al mundo".
Formalizan la extensión del "dólar soja" hasta el 25 de octubre
El Gobierno formalizó este lunes la extensión hasta el 25 de octubre del Programa de Incremento Exportador (PIE), conocido como "dólar soja", mediante la publicación en el Boletín Oficial del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 492/2023.
La medida prorroga el plazo de vigencia del DNU 443 del 4 de septiembre y ya había sido anticipada el sábado por el titular de la Dirección General de Aduanas (DGA), Guillermo Michel.
En su artículo tercero, el decreto indica que el 25% del contravalor -que en el anterior era de "libre disponibilidad"- se destinará a la compraventa "con valores negociables adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local", en el mercado financiero, al valor del Contado con Liquidación (CCL).
A su vez, amplía "de manera extraordinaria y transitoria" el programa para quienes hayan exportado en los últimos 18 meses mercaderías que no estén incluidas en el decreto 443.
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