El Gobierno actualizó los subsidios a los colectivos del AMBA y pagará $38.840 millones a las empresas

Tras el encuentro con las cámaras del sector de la semana pasada, la Secretaría de Transporte fijó las compensaciones para las líneas nacionales entre octubre y enero, e incorpora por primera vez en el cálculo las inversiones para migrar a colectivos a GNC y eléctricos. El boleto se mantendrá sin cambios hasta enero.

Tras el encuentro con las cámaras del sector de la semana pasada, el Gobierno aprobó una nueva estructura de costos para los colectivos de jurisdicción nacional del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y fijó las compensaciones que el Estado pagará a las empresas entre octubre de 2026 y enero de 2027, que seguirán vigentes en los meses siguientes hasta que se apruebe un nuevo cálculo. Además, autorizó el pago de $38.840.841.807 en concepto de diferencial de recaudación por el período que va de junio a septiembre.

La medida se implementó a través de la Resolución 80/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada este lunes en el Boletín Oficial con la firma de su titular, Mariano Plencovich.

El Gobierno fijó nuevos costos para los colectivos del AMBA y autorizó un pago de $38.840 millones

La decisión llega luego de un encuentro con cámaras del sector, motivado por la advertencia de CETUBA, CTPBA, CEAP y CEUTUPBA de que reducirían frecuencias, sobre todo en el horario nocturno, si no había más subsidios o un aumento del boleto. Entre sus reclamos figuraba una deuda de alrededor de $40.000 millones, una cifra casi idéntica a la que ahora oficializa el Gobierno como diferencial de recaudación.

El 29 de octubre, en una reunión entre Transporte y las cámaras, se cerró un acuerdo para aumentar entre 10% y 15% los subsidios a las 104 líneas nacionales del AMBA a partir de noviembre, materializado en la resolución publicada este lunes.

La actualización contempla el acuerdo paritario del 22 de julio, homologado en agosto por la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Capital Humano, y una previsión del salario de los choferes para octubre, noviembre, diciembre y enero. También se revisaron los precios del gasoil, del GNC, de los seguros, de la vigilancia y del parque móvil, entre otros insumos.

La principal novedad técnica es que la metodología de cálculo empieza a reconocer los costos de la migración energética. Dentro del rubro Energía se suman dos conceptos: la amortización de las inversiones necesarias para instalar estaciones de carga de GNC y de recarga eléctrica, y el costo financiero de comprar o reconvertir unidades con esas tecnologías.

Desde la postura oficial se argumenta que evaluar únicamente la tarifa energética no es suficiente para cotejar el gasoil frente al GNC o la energía eléctrica. El informe técnico que respalda la disposición señala la necesidad de computar el costo total por kilómetro de cada alternativa tecnológica, contemplando variables como el rendimiento, el mantenimiento, la infraestructura para el suministro y los desembolsos requeridos. En consecuencia, la metodología actualizada diferenciará la estructura de costos operativos para el gasoil, el GNC y la electricidad, fijando un valor ponderado en función del nivel de participación de cada sistema.

De forma simultánea, se deroga un anexo introducido en diciembre de 2025 relativo a la distribución del financiamiento entre jurisdicciones. Esta decisión responde a que la totalidad de la cobertura económica recae sobre la Nación, volviendo irrelevante la especificación sobre las contribuciones de la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires.

Los subsidios se solventarán mediante los recursos del Sistema Integrado de Transporte Automotor (SISTAU) —abastecido por la tributación a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono— junto con los giros presupuestarios destinados al fideicomiso que custodia el Banco Nación.

Por último, esta modalidad contempla a las líneas operativas pertenecientes a las unidades administrativas del interior delimitadas en 1995. Para dicho segmento, si la suma a abonar en concepto de atributo social (el beneficio tarifario para sectores protegidos) excede el importe de la compensación, la diferencia será cubierta por el Estado según los valores provistos por Nación Servicios.

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