El extra poco conocido de ANSES para los jubilados en diciembre 2024

La Administración Nacional de la Seguridad Social explicó de qué se trata el monto adicional que recibirá este grupo el próximo mes.

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) continúa con el calendario de noviembre. En paralelo, dio a conocer que en diciembre, los jubilados y pensionados recibirán el cobro del medio aguinaldo correspondiente al último mes del año.

El organismo previsional que dirige Mariano de los Heros explicó además que para el próximo mes, ya está anunciado que las asignaciones subirán un 2,7%. En este sentido, la jubilación mínima será de $259.599, mientras que la máxima ascenderá a los $1.746.854.

El incremento previsto se rige en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC) de dos meses previos (en este caso de octubre), un valor que se desprende de la inflación medida por el INDEC. Además, los jubilados titulares del haber mínimo volverán a recibir el bono de $70.000.

PUAM Administración Nacional de la Seguridad Social
En este mes, la Pensión No Contributiva para Madres de 7 Hijos tendrá un aumento significativo, alcanzando los $225.496.

En este mes, la Pensión No Contributiva para Madres de 7 Hijos tendrá un aumento significativo, alcanzando los $225.496.

Quiénes pueden cobrar el aguinaldo de ANSES en diciembre 2024

El aguinaldo es un derecho para trabajadores en relación de dependencia, que se paga en dos cuotas anuales. La primera se abona en junio y la segunda en diciembre. Cada pago equivale al 50% del salario más alto percibido durante el semestre correspondiente. Es decir, en diciembre se calcula en base a los haberes de julio a diciembre.

Según confirmaron desde ANSES, el aguinaldo solamente lo van a recibir tres grupos. Estos son:

  • Jubilados y pensionados de ANSES
  • Personas que reciben Pensiones No Contributivas (PNC)
  • Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)

Cómo calcular el aguinaldo de ANSES de diciembre 2024

El aguinaldo se calcula sobre el mejor haber mensual recibido entre enero y junio para el primer aguinaldo, o entre julio y diciembre para el segundo. Este cálculo corresponde al 50% del haber más alto que se haya percibido durante esos seis meses. Si el beneficiario recibió un aumento en su haber en ese período, el aguinaldo reflejará ese ajuste.