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Día de la Empleada Doméstica: qué sucede si se trabaja una jornada no laborable

El 3 de abril se celebra el Dia del Personal de Casas Particulares, según el Ministerio de Trabajo y tiene una compensación especial si se decide no descansar.

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  • El jueves 3 de abril se celebra el Día del Personal de Casas Particulares, reconocidas como las "empleadas domésticas" por una decisión oficializada por el Ministerio de Trabajo. Ese día es un día no laborable y si deciden trabajarlo tendrán un pago especial: una compensación equivalente al doble de su jornada habitual. En el caso de una empleada registrada en la quinta categoría que cumpla una jornada de ocho horas, deberá percibir $45.808.

    Esta jornada tiene un valor equivalente a un feriado o un día domingo, asegurando el derecho al descanso, y es similar al beneficio a los empleados de comercio, quienes también cuentan con un día especial el 26 de septiembre.

    La base legal de esta disposición se encuentra en la Ley 26.844, también conocida como Ley de Trabajo en Casas Particulares, aprobada en 2013, con el objeto de establecer condiciones más equitativas para quienes desempeñan tareas domésticas. Posteriormente, en 2015, se determinó que el 3 de abril sería el día de descanso especial para este grupo de trabajadoras.

    Cuánto cobran las empleadas domésticas en abril

    Desde abril de 2025, entraron en vigor nuevos montos salariales para el sector. Las remuneraciones mínimas varían según la categoría y la modalidad del trabajo, ya sea con o sin retiro.

    Para las trabajadoras de la quinta categoría, que realizan tareas generales, el salario por hora se fijó en $2.863, mientras que el sueldo mensual ascendió a $351.233 para quienes trabajan con retiro. En tanto, las empleadas sin retiro perciben $3.089 por hora y $390.567 mensuales.

    Las escalas salariales de las categorías superiores, que abarcan funciones especializadas como cuidado de personas, cocina profesional y limpieza específica, son más elevadas. Por ejemplo, la primera categoría, que comprende tareas de supervisión y coordinación, establece un salario mínimo mensual de $430.878 para trabajadoras con retiro y $479.950 para aquellas sin retiro.

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