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Cuál es el reintegro que realiza AFIP a monotributistas a partir de junio 2024 y cuánto puede demorar

Los trabajadores que estén inscriptos en el régimen de la Administración Federal de Ingresos Públicos para pequeños contribuyentes podrán acceder a un beneficio exclusivo, sin embargo, se debe cumplir con una serie de requisitos.

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  • La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) indicó, mediante una resolución publicada, que los monotributistas y los trabajadores autónomos podrán ser beneficiados mediante un reintegro que realiza el organismo a partir del mes de junio del 2024. Sin embargo, se debe cumplir con una serie de requisitos para poder verse favorecido. Al mismo tiempo, desde AFIP brindan los detalles del tiempo que puede demorarse dicho trámite.

    La AFIP detalla que para las categorías A, B, C y D se tendrán por cumplidos los requisitos cuando "se hubiera abonado el impuesto integrado completo de al menos 8 períodos mensuales para 2023 y 10 períodos mensuales para 2024". Conocé los detalles.

    Qué reintegro realiza AFIP a monotributistas y por qué puede demorarse

    Se trata de una reintegro de contribuciones para todos los monotributistas y autónomos que fue establecido mediante la resolución 4309 del fisco. La misma indicaba que debía hacerse en el mes de marzo de cada año y se otorga únicamente a aquellos que hayan efectuado los pagos correspondientes mediante débito directo en cuenta bancaria y débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito.

    El trámite debe realizarse ingresando a la web oficial de AFIP, por lo tanto, se debe ingresar al sitio y dirigirse al servicio “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos” y hace click en “Consultas varias” para luego entrar a “Detalle de incentivos”. Allí se podrá ver si el beneficio es acreditado o no acreditado, se ve el monto de la devolución y, los motivos por los que se otorgó el reintegro o se rechazó.

    Es importante destacar que el beneficio es exclusivo para los monotributistas y trabajadores autónomos que, durante el año, hayan abonado en tiempo y forma las cuotas mensuales. Los mismos deben realizarse de cualquiera de las dos formas que se mencionan con anterioridad.

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