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Cuál es el límite de transferencias entre cuentas propias que tiene ARCA hasta comenzar los controles en 2026

El organismo mantiene topes mensuales tanto para personas físicas como para empresas, a partir de los cuales las entidades bancarias deben informar los movimientos.

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  • En la actualidad, mover dinero entre cuentas propias, pagar tarjetas, utilizar billeteras virtuales o reorganizar ahorros es una práctica cada vez más común. No obstante, durante 2026 todas estas operaciones continúan bajo el monitoreo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, organismo que supervisa los movimientos electrónicos con el objetivo de garantizar la transparencia del sistema financiero y el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

    Para realizar estos controles, los bancos y las plataformas digitales deben informar de manera automática cuando los usuarios superan determinados niveles de movimiento mensual. Actualmente, los topes que activan estos reportes se mantienen sin modificaciones: en el caso de las personas físicas, el límite es de $50 millones mensuales, mientras que para las personas jurídicas o empresas el monto es de $30 millones.

    ARCA

    Superar estos valores no significa que exista una irregularidad, pero sí implica que la entidad financiera debe informar los movimientos a ARCA, tal como lo establece la normativa vigente. Por este motivo, se recomienda conservar comprobantes y documentación que respalden el origen de los fondos, especialmente cuando se realizan transferencias de montos elevados entre cuentas o billeteras virtuales, para evitar inconvenientes y operar dentro del marco legal.

    A partir de qué monto ARCA controla las transferencias entre cuentas propias

    El monitoreo de los movimientos financieros en Argentina durante 2026 continúa bajo la supervisión de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, que establece umbrales específicos a partir de los cuales las entidades financieras deben informar la actividad de los usuarios. Para las personas físicas, el límite acumulado mensual es de $50 millones, mientras que para las personas jurídicas el tope es de $30 millones mensuales, incluyendo transferencias bancarias y movimientos en billeteras virtuales.

    Monotributo

    Entre los principales cambios se encuentra la incorporación de un cronograma semestral obligatorio para actualizar la categoría, lo cual implica revisar los ingresos cada febrero y agosto.

    Es importante tener en cuenta que estos montos no corresponden a una sola operación, sino al total de ingresos y egresos acumulados durante todo el mes. Además de las transferencias, el organismo también controla otros indicadores, como el saldo al último día hábil del mes y las extracciones de efectivo, que tienen un límite de reporte de $10 millones. Si la suma de estas operaciones supera los valores establecidos, los bancos y plataformas de pago deben informar los datos del titular y los montos operados.

    Superar estos límites no constituye una infracción ni implica automáticamente una irregularidad, siempre que los fondos puedan justificarse. En caso de movimientos elevados, el organismo puede solicitar documentación que respalde el origen del dinero, como recibos de sueldo, facturación o certificaciones contables. Por eso, mantener los comprobantes y registros en orden es fundamental para operar con normalidad dentro del sistema financiero.

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