La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continúa con el calendario de pagos de septiembre, mientras que anunció que ya se encuentra disponible una nueva línea de préstamos personales para trabajadores en relación de dependencia.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continúa con el calendario de pagos de septiembre, mientras que anunció que ya se encuentra disponible una nueva línea de préstamos personales para trabajadores en relación de dependencia.
El organismo previsional que dirige María Fernanda Raverta explicó que está destinado a aquellos empleados registrados que tengan la Clave de Seguridad Social de la entidad y que cumplan con algunos de requisitos.
Por otro lado, se recuerda que la ANSES entrega este mes a los jubilados y pensionados de la mínima un bono de $37.000 en septiembre, octubre y noviembre. También los beneficiarios de la Tarjeta Alimentar recibirán un refuerzo que va desde los $10.000 a los $23.000.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció oficialmente una línea de créditos para trabajadores en relación de dependencia de hasta 400.000 pesos, con tasas del 50%.
Este programa de asistencia financiera permite pagar los créditos en hasta 48 cuotas con una tasa subsidiada del 50% anual por el Estado Nacional.
Está dirigido a aquellos trabajadores que no alcancen el piso mínimo actual del Impuesto a las Ganancias.
El principal requisito que se solicita es que el salario no esté alcanzado por el piso de Impuesto a las Ganancias, en $700.082. Hace pocos días tuvo un aumento del 40% y desde octubre será el equivalente a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. Hoy, ese umbral está en $1.770.000. Quien lo solicite debe cumplir con la prestación de servicio durante todo el año calendario, y no están alcanzados trabajadores con actividades discontinuas, eventuales, de temporada o similares.
Según lo establecido en la resolución, la modalidad de contratación sea a tiempo completo o parcial, con plazo determinado de un mínimo de 12 meses.
Por otro lado, la situación de revista registrada ante la AFIP tiene que ser "Activo/a", o en su defecto usufructuando una licencia con percepción de ingresos derivados de la relación laboral —siempre y cuando no haya registro de una baja informada a la AFIP por el empleador—.
El crédito no podrá depositarse en un plazo fijo ni cobrarse en efectivo, así como los solicitantes no estarán autorizados para comprar dólares en el mercado oficial.
Se deben seguir estos pasos:
Es necesario recordar que este trámite es gratuito.