La medida, impulsada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), apunta a mejorar el control sobre las operaciones en moneda extranjera. Desde el organismo aclararon que la disposición no implica nuevas restricciones, impuestos ni percepciones, sino que busca mejorar el flujo de información entre los bancos y el fisco.
A partir de julio, las compras hechas fuera del país con tarjeta y los consumos en dólares de servicios digitales —como los de plataformas de streaming— deberán ser registrados y reportados por las entidades bancarias. La normativa, que fue implementada en marzo, se enmarca dentro de una estrategia de fiscalización más precisa sobre las operaciones en divisa extranjera.
Con este cambio, ARCA espera reducir los márgenes de evasión y mejorar el seguimiento fiscal sin afectar directamente a los usuarios. Aunque no habrá modificaciones en las condiciones de uso o costos para los consumidores, sí se incrementará el control sobre los movimientos de dinero vinculados a consumos internacionales.
Qué cambios anunció ARCA para las compras en moneda extranjera con cualquier tarjeta
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó una serie de modificaciones en el régimen de información sobre consumos realizados con tarjetas de crédito y débito en el exterior. La medida, que entrará en vigencia para operaciones con vencimiento a partir del 1 de julio de 2025, amplía el detalle de los datos que las entidades emisoras deben reportar, con el objetivo de optimizar el control fiscal y mejorar el cumplimiento tributario.
Ahora será obligatorio informar, además de los datos ya requeridos —como número de tarjeta, fecha, país y nombre del comercio—, la identificación del establecimiento, el código de rubro según el sistema internacional Merchant Category Code (MCC) y el número de identificación del comercio.
Desde ARCA aclararon que esta decisión no representa un aumento en la carga tributaria ni la creación de nuevos impuestos, sino una actualización técnica que permitirá identificar con mayor precisión si las operaciones corresponden a proveedores del exterior.
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Las entidades emisoras de tarjetas de crédito y débito deberán comenzar a reportar más detalles sobre los consumos realizados en el extranjero.
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Esto es especialmente relevante para la aplicación del IVA en servicios digitales, como plataformas de streaming o almacenamiento en la nube. Según la autoridad fiscal, la nueva norma evita la necesidad de crear un régimen adicional específico para estos servicios y contribuye a la correcta determinación del impuesto.
El nuevo esquema también se aplicará a titulares adicionales y beneficiarios de extensiones de tarjetas emitidas en el país. En esos casos, será necesario informar tanto el número del titular como el del adicional, facilitando así el seguimiento de los consumos efectuados por terceros vinculados a una cuenta principal. Esta mejora en la trazabilidad responde a la necesidad de reforzar los mecanismos de control y detectar posibles inconsistencias o maniobras irregulares.
El abogado Diego Fraga cuestionó la medida por considerarla un exceso en el acceso a datos privados por parte del fisco, pero desde ARCA respondieron que los cambios son mínimos respecto al régimen vigente. La resolución, publicada en el Boletín Oficial, establece un periodo de adecuación para que las entidades financieras y administradoras de tarjetas adapten sus sistemas a los nuevos requerimientos. Así, se espera una mayor coordinación entre las partes para garantizar una fiscalización más precisa y eficiente de los consumos en moneda extranjera.
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La medida, impulsada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), apunta a mejorar el control sobre las operaciones en moneda extranjera.
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