La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha implementado una medida que impacta directamente en los monotributistas de menor facturación. A partir de septiembre de 2025, algunos contribuyentes se beneficiarán con la eliminación del componente impositivo de la cuota mensual.
La implementación de esta medida representa un alivio económico para los pequeños contribuyentes, permitiéndoles destinar esos recursos a otros aspectos de sus actividades. Sin embargo, es fundamental mantenerse informados para conocer el alcance de esta norma.
Quiénes no pagarán el monotributo de ARCA en septiembre 2025
ARCA
Las entidades emisoras de tarjetas de crédito y débito deberán comenzar a reportar más detalles sobre los consumos realizados en el extranjero.
ARCA
Mediante la Resolución 5546/2024, ARCA comunicó que los monotributistas que alquilan inmuebles pueden solicitar la exención del pago, siempre que cumplan ciertos requisitos:
Deben pertenecer al Régimen Simplificado y contar con un máximo de dos inmuebles en alquiler, no estar inscriptos en otras actividades dentro del monotributo y registrar los contratos en el Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI).
Cómo tramitar la exención del pago del monotributo de ARCA
Los contribuyentes que cumplan con los requisitos deberán realizar los siguientes pasos para acceder al beneficio impositivo:
- Ingresar al sitio web oficial de ARCA.
- Seleccionar la opción “Modificación locador de hasta 2 inmuebles - Beneficio Ley 27.737”.
- Indicar el período desde el cual corresponde la exención.
- Declarar la actividad 681098 a través de clave fiscal en el “Sistema Registral” y verificar que los contratos estén correctamente cargados en el sistema RELI.
Cuáles son las categorías del monotributo de ARCA en septiembre 2025
La escala de monotributo vigentes para septiembre de 2025 son:
- Categoría A: $8.992.597,87
- Categoría B: $13.175.201,52
- Categoría C: $18.473.166,15
- Categoría D: $22.934.610,05
- Categoría E: $26.977.793,60
- Categoría F: $33.809.379,57
- Categoría G: $40.431.835,35
- Categoría H: $61.344.853,64
- Categoría I: $68.664.410,05
- Categoría J: $78.632.948,76
- Categoría K: $94.805.682,90