La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) muchas veces requiere que sus beneficiarios hagan diversos trámites. Y es por eso que explicó quiénes son las personas que pueden figurar como apoderados de jubilados y pensionados y qué documentos que necesitan.
El organismo previsional que está a cargo de Mariano de los Heros explica que esta opción está habilitada para facilitar el acceso a los beneficios y gestiones del sistema, especialmente en casos donde los titulares están imposibilitados de moverse.
Por otro lado se recuerda que para el mes de febrero, estos haberes tendrán un 2,7% de aumento, en relación al dato de inflación del mes de diciembre pasado. Además, también se confirmó un nuevo pago del bono de refuerzo de ingresos de $70.000 para quienes cobren hasta un haber mínimo.
Jubilados ANSES
Los beneficiarios no deben realizar ningún trámite para recibir estos beneficios otorgados por la Administración Nacional de la Seguridad Social
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Quiénes pueden ser un apoderado ante ANSES
Los apoderados podrán hacer diferentes procedimientos en nombre del jubilado. Los que necesiten contar con un representante para hacer trámites, podrán elegir entre:
- Familiares: cónyuge, conviviente previsional, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros, cuñados.
- Tutores o curadores.
- Abogados y gestores registrados en ANSES.
- Representantes diplomáticos o consulares.
En cambio, quienes solo lo necesiten para el cobro:
- Familiares: cónyuge, conviviente previsional, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros, cuñados.
- Un banco para cobro de la jubilación o pensión si residís en el exterior. El banco debe contar con la opción “giro al exterior”. Las entidades habilitadas son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A., Banco Comafi S.A. y Banco Macro BMA.
- Entidades públicas nacionales, provinciales o municipales.
- Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados para cobrar por personas internadas en la institución.
- Representantes especiales por tiempo determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
- Mutuales e instituciones de asistencia social.
- Abogados y procuradores con poder certificado ante escribano.
Qué trámites pueden hacer los apoderados ante ANSES
El apoderado designado para representar a un jubilado frente a la ANSES podrá hacer todos los trámites que hacía el titular, incluyendo modificación de datos personales y reclamos.
Además, en caso de ser necesario por dificultades en la movilidad, también se podrán retirar los haberes depositados todos los meses. Está totalmente prohibido para apoderados sacar un Crédito Anses.
jubilada anses compu
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Cómo presentar un apoderado en ANSES
Para poder ser apoderado de una persona, se deberá presentar toda la documentación necesaria en una oficina de Anses. Los papeles requeridos son:
- DNI del titular y de la persona elegida como apoderado (original y copia).
- Para cónyuges: Acta/certificado de matrimonio en original y copia.
- Para conviviente previsional: Tener acreditada la relación como conviviente previsional
- Para familiares: Documentación que demuestre el parentesco (partidas de nacimiento, DNI).
- Para bancos: Formulario PS 6.4 - Carta Poder, firmado y sellado por la autoridad bancaria.
- Para tutor/medida de abrigo: Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como representante legal.
- Para curador/apoyo: Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como curador y en la que se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
- Para abogados: Credencial vigente.