ARCA: en abril la recaudación fiscal aumentó casi un 58% interanual y superó los $13 billones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero dio a conocer las estadísticas tributarios del cuarto mes del año. Fue luego del fin del cepo cambiario que dispuso el Gobierno.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer que la recaudación tributaria fue de $13.681.771 millones en abril, lo que representa un aumento interanual del 57,9%. Previamente, en marzo, había sido de $12.733.317 millones.

En un informe, la ARCA marcó que el levantamiento del cepo cambiario influyó en la recaudación tributaria de abril: "Las modificaciones en el esquema cambiario que tuvieron lugar desde el 14 de abril, las cuales incluyeron la eliminación de las restricciones de acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera de personas humanas residentes, la flexibilización de acceso al mismo para operaciones de comercio exterior, y el régimen de flotación cambiaria dentro de bandas".

Ministerio de Economía
En abril la recaudación fiscal aumentó casi un 58% interanual y superó los $13 billones.

En abril la recaudación fiscal aumentó casi un 58% interanual y superó los $13 billones.

En tal sentido, enumeró otras medidas del Gobierno que impactaron en el ingreso fiscal: "La eliminación del Impuesto PAIS, el año pasado se habían recaudado $510.247 millones; la disminución de los aranceles a los Derechos de Exportación, para aquellos exportadores que cumplan con el plazo establecido para la liquidación de divisas, conforme lo estipulado por el Decreto 38/2025".

"La derogación a partir de marzo 2025 de la suspensión de los certificados de exclusión, lo que incidió negativamente en la recaudación de las percepciones aduaneras en IVA y Ganancias; los vencimientos y pagos en abril 2024 de los impuestos prorrogados en el marco de las Medidas de Alivio Fiscal implementadas en el año 2023. En especial en IVA y Contribuciones de la Seguridad Social", concluyó la ARCA.

Impuesto a las Ganancias: ARCA anunció siete cambios importantes para trabajadores

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció siete modificaciones importantes para los trabajadores registrados alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, entre los que se destaca la postergación hasta el 9 de mayo la presentación de la liquidación del período fiscal 2024. También se actualizó el régimen de anticipos para empresas.

Desde el organismo señalaron que el objetivo de las modificaciones es simplificar los trámites para los casos en que surgen diferencias con el impuesto determinado. También aclararon la situación de aquellos contribuyentes que ingresaron al Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP) .

Las modificaciones se publicaron en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5683:

  • Cuando el empleador no practique la retención total del impuesto —por error u omisión, aun si fuera imputable al trabajador—, el beneficiario podrá ingresar el saldo no retenido mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP), sin necesidad de inscribirse ni presentar la determinación anual del impuesto.
  • Habrá tres modos de inscribirse al Impuesto a las Ganancias: Una es con inscripción y presentación de Declaración Jurada, cuando el empleador no practique la retención total del impuesto correspondiente al período fiscal —por error, omisión o cualquier otra causa, incluso si fuera imputable al trabajador. Otra es la presentación de declaración jurada voluntaria, cuando el trabajador desee incorporar una deducción y la ultima es el procedimiento simplificado, cuando la empresa no retiene totalmente y el empleado ingresa la diferencia mediante un volante de pago electrónico.
  • Los beneficiarios de rentas brutas gravadas, exentas y no gravadas iguales o superiores a $150.000.000 deberán presentar la declaración jurada informativa de bienes personales al 31 de diciembre de cada año. Este monto se ajustará anualmente según el IPC publicado por el INDEC correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior.
  • Los empleados que hayan adherido al Régimen Especial de Ingreso sobre los Bienes Personales (REIBP) dispuesto por la Ley 27.743, quedan exceptuados de la obligación de presentar declaración jurada informativa del impuesto sobre los bienes personales entre los períodos fiscales 2024 y 2027.
  • Se redefine cuándo corresponde que el empleador presente el Formulario 1359 de liquidación anual ante la ARCA. Será, entre otros casos, si no retuvo totalmente el gravamen o si las rentas superan un monto determinado por cierto tipo de deducciones practicadas durante el año. Con anterioridad, los empleadores no estaban obligados a presentar a ARCA el formulario 1359 cuando habían retenido correctamente el impuesto y las rentas del trabajador no superaban el umbral para presentar declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales.
  • La liquidación anual correspondiente al período fiscal 2024 podrá presentarse hasta el 9 de mayo de 2025, inclusive. El impuesto a ingresar o reintegrar se aplicará con el primer pago posterior al 30 de abril, o en los subsiguientes si fuera necesario durante el mes de mayo.
  • La resolución entra en vigencia el 30 de abril de 2025, fecha de su publicación en el Boletín Oficial, y resulta de aplicación al período fiscal 2024.
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