ANSES entrega $114.000 en octubre 2023: cuál es el beneficio

La Administración Nacional de la Seguridad Social destina este monto a personas que cumplan con los requisitos.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) acredita los haberes de octubre. De ese modo, anunció que entrega $114.00 a un grupo de niños y adolescentes según la Ley 27.452, que establece que el Gobierno debe pagarle el monto de una jubilación mínima a este grupo de personas.

El organismo previsional que dirige María Fernanda Raverta entrega esta suma como reparación económica mensual. Está dirigida a hijas e hijos de víctimas de violencia de género o intrafamiliar, y es equivalente al monto de una jubilación mínima.

Por otro lado, ANSES recuerda que mantiene disponible su página web para realizar distintos trámites y consultas sin necesidad de tener que asistir de forma presencial a una oficina del ente.

También, mantiene vigente la tarifa social para que los beneficiarios viajen en transporte público con el 55% utilizando la Tarjeta SUBE.

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ANSES paga $114.000: quiénes pueden acceder

La reparación es equivalente una jubilación mínima, a la cual acceden infancias y adolescencias que perdieron a su madre o padre a causa de femicidio, travesticidio, transfemicidio o fallecieron en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género.

Esta prestación se abona hasta los 21 años y es sin límite de edad para aquellas personas que al momento del hecho acrediten una discapacidad.

A su vez, la reparación estipula el acceso a una cobertura de salud y es compatible con algunas prestaciones.

Extra de $114.000 de ANSES: requisitos

Hay dos requisitos fundamentales:

  • Ser argentino/a o residente, con una residencia ininterrumpida mínima de dos años.
  • El hecho debe haber ocurrido en territorio argentino.
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Requisitos para sacar créditos ANSES para trabajadores

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Documentación necesaria para cobrar $114.000 de ANSES

Este trámite se realiza de forma presencial con turno previo.

  • Certificado o partida de defunción de la persona víctima de femicidio u homicidio, o copia de la sentencia, o resolución judicial de presunción de fallecimiento, o testimonio.
  • Copia del auto de procesamiento o auto de elevación a juicio según la normativa procesal de la jurisdicción donde se investiga el hecho o certificación judicial que acredite el estado procesal de la causa y la remisión de la causa a juicio o sentencia condenatoria o copia de la resolución judicial de culminación del proceso o archivo de la causa, que establezca la extinción de la acción penal por muerte del imputado, donde consten los datos del hecho que permitan vincularlo a la muerte de la víctima.

Documentos que tiene que tener la persona titular:

  • DNI.
  • En caso de residentes/extranjeros/as, documentación que acredite la residencia mínima por dos años.
  • Partida de nacimiento o documentación que acredite el vínculo filiatorio con la víctima.
  • En el caso de personas con discapacidad, Certificado Único de Discapacidad vigente.
  • En caso de que la víctima sea progenitor/a afín de la persona titular, se podrá requerir otra documentación a los fines de acreditar la convivencia al momento del hecho.

Documentos que tiene que tener la persona representante:

  • DNI.
  • Copia o testimonio de la sentencia de guarda, delegación de responsabilidad parental, tutela, adopción, apoyo o curatela.
  • En caso de invocar algún tipo de medida de protección excepcional o de abrigo resuelta por el organismo de Niñez local, deberá acompañarse testimonio o sentencia de homologación de dicha resolución administrativa.