La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación que tenían los trabajadores o asociaciones sindicales de notificar al organismo las intimaciones que realicen a los empleadores a través de telegramas o cartas documento.
Los trabajadores o asociaciones sindicales ya no deberán notificar al organismo las intimaciones que realicen a los empleadores. Es parte del proceso de simplificación de trámites incluido en la Ley Bases.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación que tenían los trabajadores o asociaciones sindicales de notificar al organismo las intimaciones que realicen a los empleadores a través de telegramas o cartas documento.
La Resolución General 5560/2024 se publicó este lunes en el Boletín Oficial y lleva la firma de la titular de AFIP, Florencia Misrahi. La medida forma parte del proceso de simplificación de trámites incluido en la Ley Bases y de esta manera se avanza con su reglamentación.
A partir de ahora, AFIP suprimió el servicio informático "Telegramas laborales", donde se remitían las copias digitales de las comunicaciones laborales dirigidas a empleadores para "mejorar y agilizar los procesos administrativos".
El organismo aclaró que el servicio seguirá disponible en la página web para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones registradas que fueron enviadas por los trabajadores a sus empleadores en el pasado.
A través de la reglamentación de la Ley Bases, AFIP eliminó requisitos documentales y avanzó en simplificaciones aplicadas para los siguientes trámites y sectores productivos: